MODIFICACION DE LA ESTRUCTURA TARIFARIA. PUERTO DE MONTEVIDEO. PUERTO DE COLONIA. PUERTO DE NUEVA PALMIRA. PUERTO DE FRAY BENTOS. PUERTO DE SAUCE




Promulgación: 04/04/2011
Publicación: 13/04/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 677
VISTO: la gestión promovida por la Administración Nacional de Puertos
tendiente a modificar el Decreto N° 533/993 de 25 de noviembre de 1993, en
su Artículo 1°-Estructura Tarifaria, 2-Tarifas Específicas, sustituyendo
por los nuevos valores propuestos el Nivel Tarifario 2.5.2 "Suministro de
Agua".

RESULTANDO: I) Que las tarifas precitadas han sufrido una revisión de sus
costos a fin de evitar pérdidas económicas por la prestación del servicio,
adecuando las mismas al nivel de calidad con que se suministra el agua, al
mecanismo que se emplea y al costo del personal asignado a esa tarea.

II) Que el Directorio de la Administración Nacional de Puertos por
Resolución N° 153/3.489 de 10 de marzo de 2009 propone al Poder Ejecutivo
la modificación tarifaria de que se trata.

III) Que se han expedido en la órbita del Ministerio de Transporte y Obras
Públicas la Dirección General de Transporte Fluvial y Marítimo de la
Dirección Nacional de Transporte y el Departamento Letrada de la División
Servicios Jurídicos, sin formular objeciones al respecto.

IV) Que asimismo consta intervención de la Oficina de Planeamiento y
Presupuesto.

ATENTO: a lo establecido en los Decretos N°s 412/992 de 1° de setiembre de
1992, art° 61 y N° 534/993 de 25 de noviembre de 1993, Nal. 4, Capítulo
II.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase la modificación tarifaria propuesta por la Administración
Nacional de Puertos, comprendida en el Artículo 1°, Estructura Tarifaria,
2-Tarifas Específicas, del Decreto N° 533/993 de 25 de noviembre de 1993,
de acuerdo al siguiente detalle:

  2.5.2 SUMINISTRO DE AGUA
Servicio              Tarifa
Desde Muelle        4,5 U$S/m³
Desde Lancha        4,5 U$S/m³

Artículo 2

 Comuníquese, publíquese y vuelva a la Administración Nacional de Puertos
a sus efectos.

JOSÉ MUJICA - ENRIQUE PINTADO - FERNANDO LORENZO
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