{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "130" 
  ,"anioNorma" : 1978 
  ,"nombreNorma" : "AMPLIACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BANCO HIPOTECARIO. EJERCICIO 1977 \r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1978/03/15/1" 
    ,"fechaPromulgacion" : "08/03/1978" 
  ,"fechaPublicacion" : "15/03/1978" 
  ,"vistos" : "    Visto: la gestión promovida por el Banco Hipotecario del Uruguay en relación a la ampliación de las asignaciones presupuestales para el año 1977.\r\n\r\n   Resultando: I) Que la ley 14.659 suprimió la Caja Nacional de Ahorro Postal y adjudicó sus cometidos y atribuciones al Banco Hipotecario del Uruguay;\r\n\r\n   II) Que a partir de la vigencia de la citada ley los funcionarios de \r\nla Caja Nacional de Arorro Postal dependen provisoriameente del Banco\r\nHipotecario del Uruguay;\r\n\r\n   III) Que las asignaciones presupuestales autorizadas al Banco Hipotecario del Uruguay para el Ejercicio 1977 no incluían las partidas\r\nnecesarias que permitieran atender los sueldos y gastos de la ex Caja\r\nNacional de Ahorro Postal.\r\n\r\n   Considerando: lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de\r\nla República.\r\n\r\n   Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento, Coordinación\r\ny Difusión y a lo dictaminado por el Tribunal de Cuentas de la República,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/130-1978/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Amplíase a partir del 1.o de julio de 1977 el Presupuesto Operativo \r\ndel Banco Hipotecario del Uruguay vigente para 1977 en la suma de \r\nN$ 3:830.925, distribuida en la siguiente forma:\r\n\r\n                                                                   N$\r\n\r\nPrograma ex Caja Nacional de Ahorro Postal                      3:830.925\r\n                                                                _________\r\n\r\nRubro 0 Retrib. de Servicios Personales ..                      1:985.600\r\n                                                                _________\r\n\r\n                                               N$                  N$\r\n\r\n010 Sueldos de cargos presupuestados ....  1:700.000\r\n024 Dif. de sueldos por subrogación .....      2.500\r\n031 Sueldos progresivos por categoría ...     17.000\r\n032 Prima por antigüedad ................     10.000\r\n061 Certificaciones Médicas .............      6.000\r\n062 Honorarios de otros Técnicos ........\r\n    Universitarios ......................      5.000\r\n072 Retribuciones tareas extraordinarias       4.000\r\n074 Calificaciones y Universitarios .....      2.100\r\n075 Retribución Comp. por aguinaldo .....    150.000\r\n079 Otras compensaciones ................     56.000 \r\n082 Quebrantos de Caja ..................     11.000\r\n092 Bonificaciones a los agentes ........     22.000\r\n                                           _________\r\n\r\nRubro 1 Serv. no personales .............                         719.000\r\nRubro 2 Materiales y Art. de consumo ....                          39.000 \r\nRubro 6 Cargas legales y prestaciones de \r\n    carácter social .....................                         904.900\r\n\r\n611 Impuestos Nacionales ................      9.000\r\n612 Impuestos Municipales ...............     29.000 \r\n613 Aporte Patronal Jubilatorio .........    435.000\r\n616 Aporte Patronal al Sist. Seg. de Acc.\r\n    de Trabajo ..........................      3.000\r\n617 Aporte Patronal Fdo. de Retiro del \r\n    Personal ............................    155.000\r\n619 Otras cargas y prestaciones servidas \r\n    a Organismos Estatales y \r\n    Paraestatales .......................     19.500\r\n623 Prestaciones por H. Constituido .....     20.000\r\n624 Prestaciones por hijos ..............     13.700\r\n625 Prestaciones por fallecimiento ......        500\r\n628 Prima por nacimiento ................        100\r\n629 Prima por matrimonio ................        100\r\n631 Prestaciones por Asist. Médica ......    210.000\r\n639 Otras prestaciones servidas \r\n    directamente a las personas .........     10.000\r\n                                           _________\r\n                                                                 ________\r\nRubro 9 Asignac. globales ...............                         182.425\r\n\r\n   Las partidas de retribuciones personales contienen el incremento dispuesto por decreto 382/977. " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/130-1978/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc. - " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - VALENTIN ARISMENDI " 
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