PROCEDIMIENTO DE ACTUACION EN MATERIA DE CONSUMO DE ALCOHOL CANNABIS Y OTRAS DROGAS EN LUGARES Y EN OCASION DEL TRABAJO




Promulgación: 02/05/2016
Publicación: 09/05/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.172 de 20/12/2013.
Referencias a toda la norma
   VISTO: La necesidad de establecer un procedimiento de actuación en materia de consumo de alcohol, cannabis y otras drogas en el ámbito laboral y/o en ocasión del trabajo.

   RESULTANDO: Que el Consejo Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo (CONASSAT) ha considerado importante abordar el tema del consumo de alcohol y otras drogas en el plano laboral, en tanto esa problemática social se hace aún más grave cuando se manifiesta en una relación de trabajo.

   CONSIDERANDO: I) Que la Organización Internacional del Trabajo (OIT) ya ha establecido recomendaciones que pueden servir como guía para establecer procedimientos claros y precisos a la hora de tomar determinaciones con respecto a esta problemática social.

   II) Que en el seno del Consejo Nacional de Salud y Seguridad en el Trabajo (CONASSAT), se ha consensuado en forma tripartita el contenido del presente decreto.

   ATENTO: A lo precedentemente expuesto y a lo dispuesto por las leyes 5.032 de 21 de julio de 1914 y 19.172 de 20 de diciembre de 2013 y los decretos N° 291/007 de 13 de agosto de 2007 y N° 120/014 de 6 de mayo de 2014;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
                    actuando en Consejo de Ministros,

CAPITULO I. Ambito de aplicación.

Artículo 1

   La presente reglamentación se aplica a toda relación de trabajo, tanto en el sector público como privado y contiene las disposiciones de carácter general para proceder ante las situaciones de consumo de alcohol y otras drogas en el ámbito laboral.

TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - RODOLFO NIN NOVOA - DANILO ASTORI - ELEUTERIO FERNÁNDEZ HUIDOBRO - EDITH MORAES - VÍCTOR ROSSI - CAROLINA COSSE - ERNESTO MURRO - JORGE BASSO - TABARÉ AGUERRE - BENJAMÍN LIBEROFF - ENEIDA de LEÓN - MARINA ARISMENDI
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