Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores,
fíjase el valor de la Unidad Reajustable de Alquileres (U.R.A.) del mes
de marzo de 2006 en $ 281,49 (pesos uruguayos doscientos ochenta y uno
con 49/100).