{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "128" 
  ,"anioNorma" : 1999 
  ,"nombreNorma" : "ESTRUCTURA DE CARGOS Y CONTRATOS DE FUNCION PUBLICA DEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS \r\n\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1999/05/14/9" 
    ,"fechaPromulgacion" : "04/05/1999" 
  ,"fechaPublicacion" : "14/05/1999" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1999 
  ,"pagina" : 770 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: lo dispuesto en los artículos 27 y siguientes y 709 y siguientes\r\nde la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que en el marco de la Reforma del Estado, ha sido aprobada\r\nla reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 012\r\n\"Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas\" del Inciso\r\n11 \"Ministerio de Educación y Cultura\", por Decreto del Poder Ejecutivo\r\nNº 63/998 de 10 de marzo de 1998;\r\n\r\nII) que a los efectos de viabilizar el mismo, se ha presentado un\r\nproyecto de estructura de cargos y contratos de función pública así como\r\nel correspondiente a los requerimientos presupuestarios de créditos para\r\nla reformulación de su estructura organizativa;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que los artículos 710 y 713 de la Ley Nº 16.736,\r\nautorizan a modificar la estructura de cargos y contratos de función\r\npública de las unidades ejecutoras, a fin de adecuarla a los\r\nrequerimientos de la nueva estructura organizativa, y, conjuntamente, a\r\nreasignar los créditos presupuestarios;\r\n\r\nII) que el artículo 27 de la Ley Nº 16.736 crea el premio por desempeño\r\nexcelente y muy bueno consistente en una única cantidad anual\r\nequivalente, respectivamente, al 10% y 3% de la suma de la retribución\r\nanual nominal percibida por los funcionarios.\r\n\r\nIII) que el artículo 28 de la mencionada ley establece las fuentes de\r\nfinanciamiento del premio por desempeño excelente y muy bueno.\r\n\r\nIV) que la habilitación de los recursos requeridos permitirá aumentar la\r\nproductividad de la Administración, fortaleciendo la capacidad de su\r\ngestión en las áreas sustantivas y en las de apoyo a éstas, sin que ello\r\nimplique un incremento en el total de las asignaciones presupuestarias,\r\nni en sus dotaciones de personal;\r\n\r\nV) que la aprobación de estos proyectos, cumple con etapas previstas en\r\nel Plan de Implantación de la estructura organizativa;\r\n\r\nVI) que los proyectos presentados han sido analizados por el Comité\r\nEjecutivo para la Reforma del Estado (C.E.P.R.E.), el que ha entendido\r\nque cumplen con los objetivos de racionalización perseguidos;\r\n\r\nVII) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la\r\nReforma del Estado, corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a su\r\naprobación.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las normas citadas;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/128-1999/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase la estructura de cargos y contratos de función pública de la\r\nUnidad Ejecutora 012 \"Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y\r\nTécnicas\", del Inciso 11 \"Ministerio de Educación y Cultura\", \r\nque consta de una foja, que figura en anexo<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\"\r\nBORDER=0> adjunto y forma parte\r\nintegrante de este decreto. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/1999/05/14/9\" target=\"_blank\">Nº 128/999</a> de \r\n04/05/1999.\r\n<b>Ver en esta norma, artículo:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/128-1999/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/128-1999/2" 
 ,"textoArticulo" : "  La estructura de cargos y contratos de función pública a que refiere el\r\nartículo precedente y la correspondiente regularización, tendrán vigencia\r\na partir del 1º de enero de 1998.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/128-1999/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Habilítense en la financiación 1.1. \"Crédito Presupuesto -\r\nFuncionamiento Rentas Generales\" los siguientes créditos anuales por los\r\nmontos y en los renglones que se detallan, a valores vigentes al 31 de\r\ndiciembre de 1997, a fin de solventar la erogación que requiere el pago\r\ndel premio por desempeño.\r\n\r\n        Concepto                                  Renglón-       $\r\n                                                  Derivado\r\n1- Premios por desempeño                           067.306     11.853\r\n2- Cargas legales sobre servicios personales\r\n - Aporte patronal sistema de seguridad social     111.000      2.311\r\n - Aporte patronal al fondo nacional de vivienda   123.000        119\r\nTotal                                                          14.283\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/128-1999/4" 
 ,"textoArticulo" : "  La aplicación de esta racionalización no podrá aparejar disminución de\r\nla remuneración asignada a los cargos o contratos de función pública, de\r\nlos cuales son titulares los funcionarios a la fecha de vigencia de este\r\ndecreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/128-1999/5" 
 ,"textoArticulo" : "  Las remuneraciones por todo concepto, correspondientes a los cargos y\r\nfunciones contratadas condicionados, una vez suprimidos, podrán\r\naplicarse, exclusivamente, a los destinos previstos en los artículos 725\r\ny 726 de la Ley Nº 16.736.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/128-1999/6" 
 ,"textoArticulo" : "  La Contaduría General de la Nación ajustará los créditos presupuestarios\r\nnecesarios para la aplicación del presente Decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/128-1999/7" 
 ,"textoArticulo" : "  Dése cuenta a la Asamblea General.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "8" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 8" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/128-1999/8" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - YAMANDU FAU - JUAN ALBERTO MOREIRA\r\n " 
 }