ESTRUCTURA DE CARGOS Y CONTRATOS DE FUNCION PUBLICA DEL CONSEJO NACIONAL DE INVESTIGACIONES CIENTIFICAS Y TECNICAS




Promulgación: 04/05/1999
Publicación: 14/05/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 770
VISTO: lo dispuesto en los artículos 27 y siguientes y 709 y siguientes
de la Ley Nº 16.736 de 5 de enero de 1996;

RESULTANDO: I) que en el marco de la Reforma del Estado, ha sido aprobada
la reformulación de la estructura organizativa de la Unidad Ejecutora 012
"Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y Técnicas" del Inciso
11 "Ministerio de Educación y Cultura", por Decreto del Poder Ejecutivo
Nº 63/998 de 10 de marzo de 1998;

II) que a los efectos de viabilizar el mismo, se ha presentado un
proyecto de estructura de cargos y contratos de función pública así como
el correspondiente a los requerimientos presupuestarios de créditos para
la reformulación de su estructura organizativa;

CONSIDERANDO: I) que los artículos 710 y 713 de la Ley Nº 16.736,
autorizan a modificar la estructura de cargos y contratos de función
pública de las unidades ejecutoras, a fin de adecuarla a los
requerimientos de la nueva estructura organizativa, y, conjuntamente, a
reasignar los créditos presupuestarios;

II) que el artículo 27 de la Ley Nº 16.736 crea el premio por desempeño
excelente y muy bueno consistente en una única cantidad anual
equivalente, respectivamente, al 10% y 3% de la suma de la retribución
anual nominal percibida por los funcionarios.

III) que el artículo 28 de la mencionada ley establece las fuentes de
financiamiento del premio por desempeño excelente y muy bueno.

IV) que la habilitación de los recursos requeridos permitirá aumentar la
productividad de la Administración, fortaleciendo la capacidad de su
gestión en las áreas sustantivas y en las de apoyo a éstas, sin que ello
implique un incremento en el total de las asignaciones presupuestarias,
ni en sus dotaciones de personal;

V) que la aprobación de estos proyectos, cumple con etapas previstas en
el Plan de Implantación de la estructura organizativa;

VI) que los proyectos presentados han sido analizados por el Comité
Ejecutivo para la Reforma del Estado (C.E.P.R.E.), el que ha entendido
que cumplen con los objetivos de racionalización perseguidos;

VII) que de acuerdo con lo informado por el Comité Ejecutivo para la
Reforma del Estado, corresponde que el Poder Ejecutivo proceda a su
aprobación.

ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a las normas citadas;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Apruébase la estructura de cargos y contratos de función pública de la
Unidad Ejecutora 012 "Consejo Nacional de Investigaciones Científicas y
Técnicas", del Inciso 11 "Ministerio de Educación y Cultura", 
que consta de una foja, que figura en anexo adjunto y forma parte
integrante de este decreto. (*)

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 128/999 de 
04/05/1999.
Ver en esta norma, artículo: 2.

SANGUINETTI - YAMANDU FAU - JUAN ALBERTO MOREIRA
Ayuda