FIJACION DEL SALARIO MINIMO NACIONAL. FEBRERO 1990 - TRABAJADORES RURALES




Promulgación: 23/02/1990
Publicación: 12/07/1990
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1990
  •    Página: 307

Artículo 5

  Establécese que los trabajadores cuyas categorías no estén previstas en
el presente decreto, y aquellos que perciban remuneraciones superiores a
los mínimos establecidos, percibirán un incremento salarial de un 24%
(veinticuatro por ciento) sobre los salarios nominales vigentes al 31 de
enero de 1990.
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