CURIALES. REGULACION DE HONORARIOS




Promulgación: 17/02/1972
Publicación: 24/02/1972

Resumen:

Establécese el régimen de honorarios que percibirán los curiales de la Dirección de Contralor Legal del Ministerio de Ganadería y Agricultura por su intervención en los juicios en que es parte dicha Secretaría de Estado; pero en ningún caso podrán percibir el monto que corresponda por honorarios sin que previamente se haga efectivo el cobro del crédito reclamado y sus acrecidas legales.


		
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