DERECHOS Y GARANTIAS DE LOS AFILIADOS FRENTE A LA FUSION DE AFAPS




Promulgación: 09/04/2001
Publicación: 20/04/2001
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2001
  •    Página: 901

CAPITULO VII - DE OTRAS CONSECUENCIAS INMEDIATAS DE LA FUSION. DISPOSICIONES COMUNES A LAS DOS MODALIDADES DE FUSION

Artículo 24

 (Del valor cuota inicial) El valor cuota inicial de la nueva 
Administradora resultante de la fusión por creación, así como el valor 
cuota inicial de la Administradora absorbente, será el valor cuota 
promedio de las Administradoras fusionadas, al cierre del último día 
hábil del mes anterior a la entrada en vigencia de la fusión, ponderado 
por los Fondos de Ahorro Previsional de las mismas, al cierre del día 
indicado.-
Ayuda