APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DEL BCU. EJERCICIO 1998




Promulgación: 14/05/1998
Publicación: 22/05/1998
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1998
  •    Página: 802
Referencias a toda la norma

Artículo 30

   El Banco deberá cursar a la Oficina de Planeamiento y Presupuesto en el
mes de Enero de 1998, el detalle de los cargos a eliminar a partir del 1º
de enero de 1998, relacionados con las vacantes que se hayan generado
entre el 1º de junio y el 31 de diciembre de 1997, a efectos de reducir
los rubros de Mano de Obra correspondientes.
   Dicha reducción se efectuará atendiendo las instrucciones de la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto en la medida que no afecte la capacidad
operativa del Instituto.
   De resultar necesario el mantenimiento de determinadas vacantes, por
tratarse de cargos absolutamente imprescindibles, se suprimirán las
partidas equivalentes.
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