{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "126" 
  ,"anioNorma" : 1996 
  ,"nombreNorma" : "APLICACION DEL ACUERDO INTERNACIONAL SOBRE ELIMINACION DE RESTRICCIONES NO ARANCELARIAS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1996/04/22/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "10/04/1996" 
  ,"fechaPublicacion" : "22/04/1996" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1996 
  ,"pagina" : 805 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: La Decisión Nº 3/94 del Consejo del Mercado Común del Sur\r\naprobada en oportunidad de celebrarse su VI Reunión por la cual los\r\nEstados Parte convinieron registrar la nómina de restricciones no\r\narancelarias a las Importaciones y Exportaciones para integrar un proceso\r\nde armonización y eliminación de las mismas.\r\n\r\n  Resultando: Que la Comisión de Comercio del Mercosur en sus reuniones\r\ncelebradas entre los días 13 a 15 de febrero y 15 a 17 de marzo de 1995,\r\ninstruyó proceder a la Protocolización de la referida Decisión en la\r\nALADI.\r\n\r\n  Considerando: I) Que cumplidos los trámites ante la Secretaría General\r\nde la ALADI, los Plenipotenciarios de los Estados Parte suscribieron, con\r\nfecha 30 de diciembre de 1994 en el marco de las disposiciones jurídicas\r\ndel Tratado de Montevideo 1980 el Decimosegundo Protocolo Adicional al\r\nAcuerdo de Complementación Económica Nº 18.\r\n\r\nII) Que completadas las formalidades de inscripción, y depósito del\r\ninstrumento ante la Secretaría General, ésta ha distribuido a los Estados\r\nParte con fecha 24 de agosto de 1995 ejemplares autenticados del mismo.\r\n\r\nIII) Que corresponde incorporar lo acordado por dicho Protocolo al\r\nderecho interno y publicitar el texto del mencionado Acuerdo.\r\n\r\n  Atento: A lo actuado por la Representación Permanente de la República\r\nante la ALADI y a lo informado por el Ministerio de Relaciones Exteriores\r\ny por las Asesorías de Política Comercial y Jurídica del Ministerio de\r\nEconomía y Finanzas.\r\n\r\n                       El Presidente de la República\r\n\r\n                                  DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/126-1996/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Disponer la vigencia del Decimosegundo Protocolo Adicional al Acuerdo\r\nde Complementación Económica Nº 18 suscrito en el marco jurídico del\r\nTratado de Montevideo 1980 entre los Gobiernos de la República Argentina,\r\nde la República Federativa del Brasil, de la República del Paraguay y de\r\nla República Oriental del Uruguay, por el que se convino establecer un\r\nproceso de armonización y eliminación de Restricciones No Arancelarias.\r\n(*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el \r\nDiario Oficial correspondiente.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/126-1996/2" 
 ,"textoArticulo" : "   El texto del respectivo Protocolo se integra al presente Decreto como\r\nAnexo.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/126-1996/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Dése cuenta a la Asamblea General.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/126-1996/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - CARLOS PEREZ DEL CASTILLO - LUIS MOSCA - FEDERICO SLINGER -\r\nCARLOS GASPARRI\r\n " 
 }