{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "124" 
  ,"anioNorma" : 2012 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL ACTA DE RECTIFICACION EN LA VERSION EN IDIOMA PORTUGUES\r\nDEL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL SOBRE TRANSPORTE INTERNACIONAL TERRESTRE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2012/05/03/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "17/04/2012" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/05/2012" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2012 
  ,"pagina" : 719 
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  ,"vistos" : " VISTO: el Acta de Rectificación, extendida por la Secretaría General de la\r\nALADI el 28 de abril de 2011, de las versiones en los idiomas español y\r\nportugués del Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional\r\nTerrestre, suscrito el 01 de enero de 1990 entre los Gobiernos de la\r\nRepública Argentina, el Estado Plurinacional de Bolivia, la República\r\nFederativa del Brasil, la República de Chile, la República del Paraguay,\r\nla República del Perú y la República Oriental del Uruguay, al amparo de\r\nlas disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980, el\r\ncual fue aprobado por Resolución del Ministerio de Transporte y Obras\r\nPúblicas de 10 de mayo de 1991;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que en la XII Reunión de la Comisión de Seguimiento del\r\nAcuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre\r\n(ATIT), la Delegación de Brasil advirtió que, a los efectos de tener total\r\ncorrespondencia entre las versiones en español y en portugués del Artículo\r\n6 del Anexo III (Seguros) del ATIT, debería agregarse una coma en esta\r\núltima versión luego de la palabra \"contratual\";\r\n\r\nII) que la Comisión de Seguimiento estuvo de acuerdo con la propuesta de\r\nBrasil solicitando a la Secretaría General de la ALADI la emisión de un\r\nActa de Rectificación;\r\n\r\nIII) que mediante la Nota ALADI/SUBSE-LC-081/11 del 31 de marzo de 2011,\r\nla Secretaría General remitió a los países miembros del ATIT un proyecto\r\nde Acta de Rectificación en los términos solicitados, otorgando un plazo\r\nde 5 días corridos para realizar observaciones;\r\n\r\nIV) que habiendo transcurrido dicho plazo sin haber recibido observaciones\r\nde parte de los países, la Secretaría General de la ALADI ha procedido a\r\nefectuar la modificación antes referida en el Artículo 6 del Anexo III\r\n(Seguros) del ATIT, en la versión en idioma portugués;\r\n\r\nCONSIDERANDO: que a los efectos detallados precedentemente, corresponde\r\nincorporar al ordenamiento jurídico interno, el Acta de Rectificación de\r\nreferencia;\r\n\r\nATENTO: a lo informado por la Delegación Permanente de la República\r\nOriental del Uruguay ante ALADI y MERCOSUR.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/124-2012/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase el Acta de Rectificación, extendida por la Secretaría General\r\nde la ALADI el 28 de abril de 2011, que consta como anexo (*) y forma parte del presente decreto, de las versiones en los idiomas español y portugués del Acuerdo de Alcance Parcial sobre Transporte Internacional Terrestre, suscrito el 01 de enero de 1990 entre los Gobiernos de la República Argentina, el Estado Plurinacional de Bolivia, la República Federativa del Brasil, la República de Chile, la República del Paraguay, la República del Perú y la República Oriental del Uruguay, al amparo de las disposiciones establecidas en el Tratado de Montevideo de 1980, el cual fue aprobado por Resolución del Ministerio de Transporte y Obras Públicas de 10 de mayo de 1991. " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/124-2012/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/124-2012/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, y dése cuenta a la Asamblea General. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ENRIQUE PINTADO\r\n\r\n " 
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