CONSEJOS DE SALARIOS - GRUPO Nº 40. ASISTENCIA MEDICA Y SERVICIOS ANEXOS




Promulgación: 10/03/1993
Publicación: 01/04/1993
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 8

    Fíjanse con caracter nacional los salarios mínimos a regir a partir
del 1ero de noviembre de 1992 y 1ero de marzo de 1993, siendo los mismos
los que surgen de los listados firmados por las partes, que se consideran
parte del presente Decreto, y se publican conjuntamente con el mismo. 
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