SECCIONALES POLICIALES. SECCIONAL 9




Promulgación: 24/03/1992
Publicación: 12/06/1992
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1992
  •    Página: 229
  Visto: el proyecto elevado por la Jefatura de Policía de Flores por el
que se propicia la creación de una nueva seccional policial.

  Resultando: I) Que actualmente en el citado departamento existen ocho
seccionales policiales.

  II)  Que con el propósito de solucionar problemas de organización y jurisdicción actuales de la 4ta. seccional se propone la creación de una nueva seccional en el área de Villa lsmael Cortinas, zona urbana, suburbana y rural.

  III) Que con la creación de la nueva seccional se dará solución a la situación irregular en que quedaron los límites policiales con la promulgación del decreto ley 14.708 de 30 de setiembre de 1977 por
la que se modificaron los límites del departamento de Flores.

  Atento: A lo precedentemente expuesto,

  El Presidente de la República

                               DECRETA:

Artículo 1

  Créase la seccional policial Nº 9 en el Departamento de Flores la que
tendrá las siguientes delimitaciones: por el Norte con la Seccional 4ta.
de Flores desde la desembocadura de la Cañada Curupí con el Arroyo Grande,
de ésta hasta el Paso sobre dicha Cañada con el camino vecinal del
Cementerio, por este camino que continúa hacia el Norte hasta el Padrón
3482, donde toma hacia el Este, hasta su Intersección con Ruta Nº 23 Km.
163.20 por esta Ruta hacia el Sur, hasta la Intersección con camino
vecinal Km. 160.200 por este mismo camino en dirección al Este, hasta la
Intersección con Camino de Villa Pastora, por este último camino, hasta el
Paso del Sauce, sobre el Río San José donde comienza el límite con la 5a.
Sección de Flores, por este Río hacia el Sur hasta la Barra del Arroyo San
Gregorio, tomando los límites establecidos por ley 1.854, modificada por
ley 14.708.

LACALLE HERRERA - JUAN ANDRES RAMIREZ
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