REGLAMENTACION DEL ART. 181 DE LA LEY 19.355 RELATIVO A LA ASIGNACION DE RECURSOS HUMANOS, MATERIALES Y FINANCIEROS A LA DIRECCION NACIONAL DE ASUNTOS SOCIALES




Promulgación: 02/05/2016
Publicación: 26/05/2016
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Reglamentario/a de: Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo 181 Derogada/o.
   VISTO: lo dispuesto en el artículo 18 de la Ley N° 19.315 de 18 de febrero de 2015 y los artículos 181 a 187 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015.

   RESULTANDO: Que en los artículos mencionados se suprimen la Unidad Ejecutora 025 "Dirección Nacional de Asistencia de la Seguridad Social Policial" y la Unidad Ejecutora 030 "Dirección Nacional de Sanidad Policial", y se crea la Unidad Ejecutora 034 "Dirección Nacional de Asuntos Sociales", reasignando a esta Unidad los recursos humanos, materiales y financieros de las Unidades suprimidas.

   CONSIDERANDO: Que para dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 181 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015, corresponde determinar los puestos de trabajo, ocupados y vacantes que pasan a integrar la Unidad Ejecutora que se crea, así como los créditos presupuestales asociados a los mismos. 

   ATENTO: A lo precedentemente expuesto, a lo informado por la Contaduría General de la Nación y la Oficina Nacional del Servicio Civil, así como a lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA,

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Asígnase, a partir del 1° de enero de 2016, a la Unidad Ejecutora 034 "Dirección Nacional de Asuntos Sociales" del Inciso 04 "Ministerio del Interior", Programa 402 "Seguridad Social" y Programa 440 "Atención Integral de la Salud" -que incluirá todos los puestos plaza, ocupados y vacantes del Programa 444 "Salud Ocupacional"-, todos los recursos humanos, materiales y financieros, existentes al 31 de diciembre de 2015 en la Unidad Ejecutora 025 "Dirección Nacional de Asistencia de la Seguridad Social Policial" y en la Unidad Ejecutora 030 "Dirección Nacional de Sanidad Policial".

Artículo 2

   Los puestos de trabajo reasignados a la Unidad Ejecutora 034 "Dirección Nacional de Asuntos Sociales", en cada uno de sus respectivos Programas, conservarán las remuneraciones correspondientes a cada cargo y plaza, ocupados o vacantes, conforme a lo establecido en los artículos 47, 48, 49, 50 y 91 de la Ley N° 19.315 de 18 de febrero de 2015 y su Decreto reglamentario. Dichos puestos se detallan en el Anexo 1°  que forma parte del presente.

(*)Notas:
 Ampliar información en imagen electrónica: Decreto Nº 122/016 de 
02/05/2016.

Artículo 3

   Comuníquese, publíquese, etc.

   TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - DANILO ASTORI
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