Considerando el valor de la Unidad Reajustable (U.R.) precedentemente
establecido y los correspondientes a los dos meses inmediatos anteriores
fíjase el valor de la Unidad Reajustable Alquileres (U.R.A.) del mes de
enero de 1986 en N$ 604,67 (nuevos pesos seiscientos cuatro con
67/100).