{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "121" 
  ,"anioNorma" : 2017 
  ,"nombreNorma" : "REGLAMENTACION DE LA LEY 19.331 Y DEL ART. 86 DE LA LEY 19.355, RELATIVA A LA CREACION DE LA SECRETARIA NACIONAL DEL DEPORTE" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2017/05/09/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "02/05/2017" 
  ,"fechaPublicacion" : "09/05/2017" 
  ,"referenciasNorma" : " <b>Reglamentario/a de:</b>\r\n      Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19355-2015/86\" >86</a>,\r\n      Ley <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19331-2015\" >Nº 19.331</a> de 20/07/2015.\r\n " 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/121-2017?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "    VISTO: La creación de la Secretaría Nacional del Deporte dispuesta por la Ley N° 19.331 de 20 de julio de 2015 y por el artículo 86 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que por la normativa legal citada se creó la Secretaría Nacional del Deporte como órgano desconcentrado dependiente del Inciso 02 \"Presidencia de la República\", y se suprimió la Unidad Ejecutora 002 \"Dirección Nacional de Deporte\" del Inciso 09 \"Ministerio de Turismo y Deporte\", disponiéndose que todos los cometidos, atribuciones y competencias pertenecientes a la Unidad Ejecutora suprimida fueran transferidos a dicha Secretaría Nacional, así como todos los bienes, créditos, recursos y partidas presupuestales, derechos y obligaciones relativos al ejercicio de la competencia en materia de deportes;\r\n\r\n   II) que por los artículos 86 a 112 y 115 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015, se dictaron disposiciones referentes a la ley de creación de la Secretaría Nacional, otorgando créditos presupuestales y autorización para su disponibilidad en las condiciones allí previstas;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: que en ejercicio de la potestad reglamentaria constitucional, corresponde al Poder Ejecutivo dictar el acto administrativo que, especificando detalles del traspaso de recursos humanos, materiales y financieros, concrete la redistribución de competencias entre dependencias de la Administración Central dispuesta por ley de creación de la Secretaría Nacional del Deporte; \r\n\r\n   ATENTO: a lo dispuesto por el artículo 13 de la Ley N° 19.331 de 20 de julio de 2015, al artículo 86 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015, al Decreto 205/016 de 4 de julio de 2016 y a lo dispuesto por el Numeral 4° del Artículo 168 de la Constitución de la República.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n                     actuando en Consejo de Ministros\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/121-2017/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Asígnanse a la Unidad Ejecutora 011 \"Secretaría Nacional del Deporte\", del Inciso 02 \"Presidencia de la República\", los cometidos previstos en el artículo 1° de la Ley N° 19.331 de 20 de julio de 2015 en la redacción dada por el artículo 98 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015, así como todas las competencias que pertenecían a la Unidad Ejecutora 002 \"Dirección Nacional de Deporte\" del Inciso 09 \"Ministerio de Turismo y Deporte\", suprimida por el artículo 2° de dicha norma legal.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/121-2017/2" 
 ,"textoArticulo" : "    La Secretaría Nacional del Deporte tendrá un Secretario Nacional del Deporte quién será el jerarca de este organismo, un Subsecretario Nacional del Deporte y un Gerente Nacional del Deporte. Tendrá asimismo un Coordinador de Área Deporte Comunitario, un Coordinador de Área Deporte y Educación, un Coordinador de Área Deporte Federado y un Coordinador de Área Programas Especiales.\r\n   Los mencionados cargos tienen el carácter de particular confianza en las condiciones previstas en los artículos 87 y 88 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/121-2017/3" 
 ,"textoArticulo" : "    El personal perteneciente a la Unidad Ejecutora 002 \"Dirección Nacional de Deporte\" del Inciso 09 \"Ministerio de Turismo y Deporte\", al 31 de diciembre de 2015, será incorporado a la Secretaría Nacional del Deporte, mediante el mecanismo de la redistribución, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Ley N° 19.331 de 20 de julio de 2015, manteniendo la situación funcional que tenían en la Unidad Ejecutora suprimida, hasta tanto se apruebe la estructura organizativa y de puestos de trabajo de la Secretaría Nacional, en las condiciones previstas en el artículo 94 de la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015.\r\n   A los efectos previstos en este artículo, se transfiere de la Unidad Ejecutora 002 del Inciso 09 a la Unidad Ejecutora 011 del Inciso 02, la estructura de puestos de trabajo -cargos y funciones, ocupados y vacantes- según detalle contenido en el Anexo (I), <IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0>  que forma parte integrante del presente decreto. \r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/2017/05/09/4\" target=\"_blank\">Nº 121/017</a> de \r\n02/05/2017.\r\n<b>Reglamentario/a de:</b> Ley Nº 19.355 de 19/12/2015 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/leyes/19355-2015/94\" >94</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/121-2017/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Las asignaciones presupuestales destinadas a gastos de funcionamiento e inversión pertenecientes a la unidad ejecutora suprimida, serán transferidos a la Unidad Ejecutora 011 -Secretaría Nacional del Deporte, quedando facultada la Contaduría General de la Nación para efectuar las reasignaciones que fueran necesarias, sin perjuicio de los créditos autorizados por la Ley N° 19.355 de 19 de diciembre de 2015.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "5" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 5" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/121-2017/5" 
 ,"textoArticulo" : "    La totalidad de los bienes, derechos, y obligaciones, cualquiera sea su naturaleza, afectados al uso de la unidad ejecutora suprimida, pasarán de pleno derecho a la Secretaría Nacional del Deporte, incluyendo los recursos con afectación especial y sus saldos disponibles al 31 de diciembre de 2015.\r\n   La Presidencia de la República y el Ministerio de Turismo realizarán los actos jurídicos y las operaciones materiales que fueren necesarios, dentro del ámbito de su competencia, para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en la Ley que se reglamenta y en el presente Decreto.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "6" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 6" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/121-2017/6" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízase a la Secretaría Nacional del Deporte a suscribir convenios con entidades nacionales e internacionales, para el cumplimiento de sus cometidos, a cuyo efecto recabará previamente la conformidad del soporte del órgano de la Secretaría de la Presidencia de la República. \r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "7" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 7" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/121-2017/7" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    TABARÉ VÁZQUEZ - EDUARDO BONOMI - RODOLFO NIN NOVOA - DANILO ASTORI - JORGE MENÉNDEZ - MARÍA JULIA MUÑOZ - VÍCTOR ROSSI - CAROLINA COSSE - ERNESTO MURRO - JORGE BASSO - TABARÉ AGUERRE - LILIAM KECHICHIAN - ENEIDA de LEÓN - MARINA ARISMENDI " 
 }