{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "121" 
  ,"anioNorma" : 2002 
  ,"nombreNorma" : "TRANSFORMACION DE FISCALIA LETRADA NACIONAL DE LO CIVIL DE 13º EN \r\nFISCALIA LETRADA NACIONAL DE CONCURSOS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2002/04/12/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "05/04/2002" 
  ,"fechaPublicacion" : "12/04/2002" 
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  ,"anio" : 2002 
  ,"pagina" : 513 
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  ,"vistos" : " VISTO: lo dispuesto por el art. 329 de la Ley Nº 17.296, de fecha 21 de \r\nfebrero de 2001.\r\n\r\nRESULTANDO: que:\r\n1) Por el mismo, se faculta al Poder Ejecutivo a transformar, por \r\nresolución fundada y a propuesta de Fiscalía de Corte y Procuraduría \r\nGeneral de la Nación, distintas Fiscalías cuando razones de especialidad \r\ny volumen de trabajo así lo requieran.\r\n\r\n2) Aquella Fiscalía, por Oficio Nº 71/02, de fecha 4 de febrero de 2002, \r\npropone la transformación de la Fiscalía Letrada Nacional de lo Civil de \r\n13º Turno, en Fiscalía Letrada Nacional de Concursos.\r\n\r\nCONSIDERANDO: que:\r\nI) La fundamentación ofrecida por la Fiscalía de Corte y Procuraduría \r\nGeneral de la Nación, para la citada transformación, se entiende de \r\nrecibo y se considera parte integrante de la presente.\r\n\r\nII) La misma, se apoya, en síntesis, en la necesidad de acompasar la \r\ncreación de los Juzgados Letrados de Concursos, previsto en la Ley Nº \r\n17.292, de 25 de enero de 2001, y contemplar razones de especialidad de \r\nla materia.\r\n\r\nIII) Todo aconseja proceder conforme a lo solicitado por la Fiscalía de \r\nCorte y Procuraduría General de la Nación.\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto, y a lo dispuesto por el Decreto - \r\nLey 15.365, de fecha 30/12/982, y por el artículo 329 de la Ley 17.296, de fecha 21/2/01,\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/121-2002/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Transfórmase la actual Fiscalía Letrada Nacional de lo Civil de 13º \r\nTurno, en Fiscalía Letrada Nacional de Concursos, con competencia en los \r\nprocedimientos en los que entienden los Juzgados Letrados de Concursos y \r\nen su jurisdicción.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/121-2002/2" 
 ,"textoArticulo" : "  La Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación, determinará la \r\nfecha de instalación de la Fiscalía transformada por el presente Decreto \r\ny, provisoriamente, fijará el régimen de distribución de expedientes, \r\ntodo sin perjuicio de la homologación correspondiente.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/121-2002/3" 
 ,"textoArticulo" : "  La Fiscalía de Corte y Procuraduría General de la Nación, establecerá la \r\nSede donde funcionará la Fiscalía Letrada Nacional de Concursos. Asignará \r\nlos recursos humanos y materiales necesarios, formulando, en su caso, al \r\nMinisterio de Educación y Cultura, las propuestas pertinentes.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - ANTONIO MERCADER\r\n " 
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