MERCOSUR. REGIMEN DE ADECUACION FINAL A LA UNION ADUANERA. RETIRO Y REINTRODUCCION DE PRODUCTOS




Promulgación: 28/04/1999
Publicación: 07/05/1999
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1999
  •    Página: 739
VISTO: El Decreto Nº 391/998 de 30 de diciembre de 1998, que establece
las tasas globales arancelarias aplicables a las importaciones
procedentes de los Estados Partes del Mercosur de los bienes comprendidos
en el Régimen de Adecuación Final a la Unión Aduanera;

RESULTANDO: La Decisión Nº 24/94 del Consejo Mercado Común facultó a los
Estados Partes del Mercosur a retirar y reintroducir productos en el
régimen mencionado;

CONSIDERANDO: Conveniente introducir modificaciones en el decreto citado
en el Visto;

ATENTO: a lo informado por la Comisión Arancelaria Asesora creada por el
Decreto Nº 505/993 de 24 de noviembre de 1993 y a lo establecido por el
artículo 2º de la Ley Nº 12.670 de 17 de diciembre de 1959 y por el
artículo 4º del Decreto-Ley Nº 14.629 de 5 de enero de 1977,

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Agrégase al item NAM 5903.90.00, contenido en el Anexo I del Decreto Nº
391/998 de 30 de diciembre de 1998, la siguiente nota: "Excepto
entretelas fusionables de fibras sintéticas o artificiales".
Referencias al artículo

SANGUINETTI - JUAN ALBERTO MOREIRA - ROBERTO RODRIGUEZ PIOLI - JULIO
HERRERA - JUAN CARLOS ROSALES
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