{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "120" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "PROGRAMA DEMOSTRATIVO DE DESARROLLO INTEGRAL RURAL (PRODIR). MODIFICACION\r\nDE LA INTEGRACION Y FUNCIONAMIENTO DEL COMITE COORDINADOR CENTRAL\r\n\r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/02/20/7" 
    ,"fechaPromulgacion" : "06/02/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "20/02/1975" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 249 
  } 
  ,"vistos" : "                          AÑO DE LA ORIENTALIDAD\r\n     Visto: lo dispuesto en el decreto 129/970 de 10 de marzo de 1970 por\r\nel que se crea un Comité Coordinador Central del Programa Demostrativo de\r\nDesarrollo Integral Rural (PRODIR).\r\n\r\n     Resultando: que por ley 14.218 de 11 de julio de 1974 se creó el\r\nMinisterio de Vivienda y Promoción Social, entre cuyas competencias de\r\nacuerdo al decreto 574/974 de 12 de julio de 1974 se encuentra la\r\nelaboración y ejecución de la política de desarrollo comunitario.\r\n\r\n     Considerando: I) Que los programas de promoción y desarrollo\r\ncomunitario deben colocarse bajo la órbita de la Secretaría de Estado que\r\ntiene específica competencia en la materia;\r\n\r\n     II) Que, además, es conveniente que el Comité Coordinador Central de\r\nPRODIR se comunique a través de la Secretaría de Estado, competente;\r\n\r\n     III) Que es necesario adecuar la integración del citado Comité a las\r\ndisposiciones de la ley 14.218 de 11 de julio de 1974 y decreto 574/974\r\nde 12 de julio de 1974.\r\n\r\n     Atento: a lo precedentemente expuesto,\r\n\r\n     El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/120-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : " Modifícase el artículo 2º del decreto 129/970 de 10 de marzo de 1970, el\r\nque quedará redactado de la siguiente forma:\r\n     \"Créase un Comité Coordinador del Programa integrado por un\r\nrepresentante designado por cada uno de los siguientes organismos:\r\nMinisterio de Salud Pública, a través del Programa de Salud Pública Rural\r\n(PSPR), Ministerio de Agricultura y Pesca, Ministerio de Vivienda y\r\nPromoción Social a través de la Oficina de Acción Comunitaria y Regional\r\n(ACOR), Ministerio de Educación y Cultura, Consejo Nacional de Educación,\r\nConsejo del Niño y Consejo Central de Asignaciones Familiares\".\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/120-1975/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/120-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : " El Comité Coordinador Central a que se refiere el artículo anterior se\r\ncomunicará con el Poder Ejecutivo a través del Ministerio de Trabajo y\r\nSeguridad Social. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Decreto Nº 574/993 de 17/12/1993 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/574-1993/2\" >2</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 120/975 de 06/02/1975 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/120-1975/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/120-1975/3" 
 ,"textoArticulo" : " Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " BORDABERRY - FEDERICO SONEIRA - JUAN CARLOS BLANCO - DANIEL DARRACQ -\r\nJOSE E. ETCHEVERRY STIRLING - JUSTO M. ALONSO LEGUISAMO - HECTOR E.\r\nALBURQUERQUE\r\n " 
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