AUTORIZACION DE PERMANENCIA EN DOMICILIO A PERSONAS DE 65 AÑOS O MAS, COMPRENDIDAS EN EL SUBSIDIO POR ENFERMEDAD, CON EXCLUSION DE TRABAJADORES QUE REALICEN SUS TAREAS HABITUALES DESDE SU DOMICILIO. 20 DE DICIEMBRE DE 2020 AL 28 DE FEBRERO DE 2021




Promulgación: 11/01/2021
Publicación: 15/01/2021
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
Referencias a toda la norma

Artículo 3

   Todas aquellas personas que guarden el régimen de aislamiento según lo dispuesto en los artículos precedentes, tendrán derecho a percibir la prestación correspondiente al subsidio por enfermedad en la forma prevista por el Decreto Ley N° 14.407, de 22 de julio de 1975, modificativas y concordantes, por el período de aislamiento.
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