{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "12" 
  ,"anioNorma" : 2011 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL ACUERDO DE ALCANCE PARCIAL N° 17 SOBRE PESOS Y DIMENSIONES DE VEHICULOS DE TRANSPORTE POR CARRETERA DE PASAJEROS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2011/02/01/9" 
    ,"fechaPromulgacion" : "19/01/2011" 
  ,"fechaPublicacion" : "01/02/2011" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2011 
  ,"pagina" : 118 
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  ,"vistos" : " \r\nVISTO: el Acuerdo de Alcance Parcial N° 17 sobre Pesos y Dimensiones de\r\nVehículos de Transporte por Carretera de Pasajeros y de Cargas, suscrito\r\nel 27 de mayo de 2010, en la ciudad de Montevideo, República Oriental del\r\nUruguay, entre la República Argentina, la República Federativa del Brasil,\r\nla República del Paraguay y la República Oriental del Uruguay, en el marco\r\nde las disposiciones contenidas en el Tratado de Montevideo de 1980 y la\r\nResolución 2 del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la\r\nALALC;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que el texto del proyecto del citado instrumento fue\r\naprobado por la Resolución GMC N° 65/08 de 28 de noviembre de 2008;\r\n\r\nII) que dicho Acuerdo tiene por objeto establecer los pesos y dimensiones\r\na ser aplicados a la flota vehicular de los Estados Partes del MERCOSUR\r\nque realizan transporte internacional de carga o de pasajeros, buscando\r\ncompatibilizar la reglamentación ya existente en la materia en cada uno de\r\nlos referidos Estados;\r\n\r\nIII) que la citada protocolización fue realizada conforme a lo previsto en\r\nel artículo 2° de la Resolución GMC N° 65/08;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que conforme a lo previsto en el artículo 9° del\r\nmencionado Acuerdo, éste entrará en vigor 30 días después de la\r\nnotificación de la Secretaría General de la ALADI a los países\r\nsignatarios, de la comunicación recibida de la Secretaría del MERCOSUR,\r\ninformando su incorporación a los ordenamientos jurídicos de los cuatro\r\nEstados Partes del MERCOSUR;\r\n\r\nII) que de acuerdo a las normas en vigor, corresponde incorporar al\r\nordenamiento jurídico interno el Acuerdo de referencia.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/12-2011/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase el Acuerdo de Alcance Parcial N° 17 sobre Pesos y Dimensiones\r\nde Vehículos de Transporte por Carretera de Pasajeros y de Cargas,\r\nsuscrito el 27 de mayo de 2010, en la ciudad de Montevideo, República\r\nOriental del Uruguay, entre la República Argentina, la República\r\nFederativa del Brasil, la República del Paraguay y la República Oriental\r\ndel Uruguay, en el marco de las disposiciones contenidas en el Tratado de\r\nMontevideo de 1980 y la Resolución 2 del Consejo de Ministros de\r\nRelaciones Exteriores de la ALALC. (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-internacional/12-2011/1\" >Texto de la Norma Internacional</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/12-2011/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc. " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " JOSE MUJICA - ROBERTO CONDE - FERNANDO LORENZO - PABLO GENTA " 
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