{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "12" 
  ,"anioNorma" : 1981 
  ,"nombreNorma" : "COMERCIO EXTERIOR" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1981/01/26/4" 
    ,"fechaPromulgacion" : "07/01/1981" 
  ,"fechaPublicacion" : "26/01/1981" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1981 
  ,"pagina" : 77 
  } 
  ,"vistos" : "   Visto: la gestión iniciada por la Administración Nacional de\r\nCombustibles, Alcohol y Portland, tendiente a mantener el tratamiento\r\nespecial otorgado a sus importaciones a fin de atemperar el aumento de\r\nprecios de los combustibles.\r\n\r\n  Resultando: que es conveniente para la economía del país evitar en lo\r\nposible el incremento de precio de los combustibles.\r\n\r\n  Considerando: I) Que para concretar el objetivo deseado corresponde\r\ndisponer la rebaja de los derechos consulares de las mercaderías a\r\nimportar en el ejercicio 1981;\r\n\r\n  II) Que el abatimiento de los precios de los combustibles está\r\nencuadrado dentro de la política económica del gobierno.\r\n\r\n  Atento: a lo informado por las Asesorías Económico-Financiera y Jurídica\r\ndel Ministerio de Economía y Finanzas,\r\n\r\n  El Presidente de la República\r\n\r\n                                DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/12-1981/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Prorrógase por el período 1º de enero - 31 de diciembre de 1981 el\r\ntratamiento otorgado a la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol\r\ny Portland, para la liquidación de aranceles consulares, dispuesto por el\r\nartículo 1º del decreto 120/980, de 27 de febrero de 1980.\r\n " 
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 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "    Dése cuenta a la Comisión Permanente del Consejo de Estado.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "3" 
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 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " MENDEZ - ERNESTO ROSSO FALDERIN - ADOLFO FOLLE MARTINEZ - FRANCISCO D.\r\nTOURREILLES\r\n " 
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