{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "12" 
  ,"anioNorma" : 1975 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL ANEXO 7 AL CONVENIO SOBRE AVIACION CIVIL INTERNACIONAL, RELATIVO A \"MARCAS DE NACIONALIDAD Y DE MATRICULA DE LAS AERONAVES\"" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1975/01/13/8" 
    ,"fechaPromulgacion" : "02/01/1975" 
  ,"fechaPublicacion" : "13/01/1975" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 0 
  ,"anio" : 1975 
  ,"pagina" : 21 
  } 
  ,"vistos" : "      Visto: los antecedentes por los que la Dirección General de Aviación\r\nCivil del Uruguay solicita que se apruebe el Anexo 7 al Convenio sobre\r\nAviación Civil Internacional relacionado con Marcas de Nacionalidad y de\r\nMatrículas de las Aeronaves.\r\n\r\n     Considerando: I) Que en su resolución del 13 de abril de 1948 al\r\nConsejo de la Organización de la Aviación Civil Internacional (OACI),\r\nhizo notar a los Estados Contratantes la conveniencia de que en la medida\r\nde lo posible, emplearan en su propia reglamentación la misma redacción\r\nde las normas de la (OACI) y que las disposiciones de este Anexo se han\r\nredactado de manera que puedan incluirse en las legislaciones nacionales\r\nsin variaciones importantes de redacción;\r\n\r\n     II) Que el Uruguay ratificó el Convenio de Aviación Civil\r\nInternacional por ley 12.018 de 4 de noviembre de 1953.\r\n\r\n     Atento: a lo informado por la Dirección de Aviación Civil del\r\nUruguay la que encuentra, que ninguna de las normas contenidas en dicho\r\nAnexo 7, deban ser materia de modificación,\r\n\r\n     El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/12-1975/1" 
 ,"textoArticulo" : "   Apruébase el texto del Anexo 7 al Convenio sobre Aviación Civil\r\nInternacional, Tercera Edición, incluida su enmienda Nº 3 relativa a\r\n\"Marcas de Nacionalidad y de Matrícula de las Aeronaves\". (*) " 
  ,"notasArticulo" : "El texto de referencia no fue publicado adjunto a la presente norma en el \r\nDiario Oficial correspondiente.\r\n" 
 ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/12-1975/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/12-1975/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, publíquese y pase a la Dirección General de Aviación Civil\r\ndel Uruguay a sus efectos. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "   BORDABERRY - WALTER RAVENNA - JUAN CARLOS BLANCO " 
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