EXHORTACION A UTE A SUSPENDER LOS CORTES DE SUMINISTRO DE ENERGIA ELECTRICA A LOS USUARIOS DE PLANES GENERALES Y RESIDENCIALES HASTA EL 13 DE ABRIL DE 2020




Promulgación: 08/04/2020
Publicación: 16/04/2020
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: el Decreto N° 93/020 del 13 de marzo de 2020;

   RESULTANDO: que por el mismo, se declaró el estado de emergencia nacional sanitaria, como consecuencia de la pandemia originada por el virus COVID - 19;

   CONSIDERANDO: I) que es necesario mantener la continuidad de los servicios públicos, de un modo razonable y de acuerdo a las posibilidades reales de las finanzas del país;

   II) que teniendo en cuenta la evolución de la crisis sanitaria se están adoptando medidas excepcionales para contemplar la situación de distintos sectores del país;

   III) que resulta esencial mantener el suministro eléctrico a las personas que se encuentren en una situación más vulnerable a las consecuencias de la emergencia sanitaria;

   ATENTO: a lo expuesto y a lo previsto en el artículo 168 de la Constitución de la República, en el Decreto Ley N° 14.694 de 1 de setiembre de 1977 y en la Ley N° 16.832 de 17 de junio de 1997;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Exhórtase a la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas (UTE), a suspender los cortes de suministro de energía eléctrica que correspondiere disponer por el no pago de servicios, exclusivamente en el caso de los usuarios de planes generales y residenciales, hasta el 13 de abril de 2020.

   LACALLE POU LUIS - OMAR PAGANINI - AZUCENA ARBELECHE
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