APROBACION DE LA RESOLUCION GMC 41/18. REQUISITOS ZOOSANITARIOS DE LOS ESTADOS PARTES PARA LA IMPORTACION DE EQUIDOS PARA FAENA INMEDIATA Y EL "MODELO CERTIFICADO VETERINARIO INTERNACIONAL (CVI)". DEROGACION DE LA RESOLUCION GMC Nº 43/07
El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre se encuentra disponible en la Librería Digital de IMPO.
VISTO: lo dispuesto por el Tratado de Asunción, el Protocolo de Ouro Preto y por la Resolución GMC N° 41/18, de 8 de noviembre de 2018;
RESULTANDO: I) que por la mencionada Resolución se aprueban los requisitos zoosanitarios de los Estados Partes del MERCOSUR para la importación de équidos para faena inmediata, derogando asimismo la Resolución GMC N° 43/07;
II) que la Resolución GMC N° 43/07, de 11 de diciembre de 2007 fue incorporada al Derecho Positivo Nacional por Decreto N° 570/008, de 24 de noviembre de 2008;
CONSIDERANDO: I) la adopción de la referida Resolución, facilitará el intercambio comercial de importación de équidos para faena inmediata desde y hacia los territorios de los Estados Partes del MERCOSUR, sin afectar la condición sanitaria en el ámbito nacional y regional;
II) de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 38 del Protocolo Adicional al Tratado de Asunción - Protocolo de Ouro Preto, aprobado por Ley N° 16.712, de 1° de setiembre de 1995 - los Estados Partes se comprometen a adoptar las medidas necesarias para asegurar, en sus respectivos territorios, el cumplimiento de las normas emanadas de los órganos del MERCOSUR previstos en el referido Protocolo;
III) necesario por tanto, incorporar al Derecho Positivo Nacional, la Resolución MERCOSUR/GMC/RES N° 41/18, de 8 de noviembre de 2018 y derogar el Decreto N° 570/008, de 24 de noviembre de 2008, por el cual se incorporó la Resolución MERCOSUR/GMC N° 43/07, de 11 de diciembre de 2007;
ATENTO: a lo precedentemente expuesto;
EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA
DECRETA:
Adóptanse los "Requisitos zoosanitarios de los Estados Partes para la importación de équidos para faena inmediata" así como el "Modelo de Certificado Veterinario Internacional (CVI)", aprobados por la resolución MERCOSUR/GMC/RES N° 41/18, de 8 de noviembre de 2018, que constan como Anexo (*) al presente Decreto y forma parte integrante del mismo.
Derógase el Decreto N° 570/008, de 24 de noviembre de 2008, por el cual fue incorporada al Derecho Positivo Nacional la Resolución MERCOSUR/GMC N° 43/07 de fecha 11 de diciembre de 2007.
El Ministerio de Ganadería, Agricultura y Pesca a través de la Dirección General de Servicios Ganaderos, dará cumplimiento a lo establecido en el presente Decreto.