{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "119" 
  ,"anioNorma" : 1997 
  ,"nombreNorma" : "REGLAMENTACION DE LAS TECNICAS DE AFERESIS" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1997/04/24/11" 
    ,"fechaPromulgacion" : "15/04/1997" 
  ,"fechaPublicacion" : "24/04/1997" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1997 
  ,"pagina" : 775 
  } 
  ,"vistos" : "    Visto: la necesidad de reglamentar las técnicas de aféresis;\r\n\r\n   Resultando: I) que la aféresis presentó un desarrollo notable en los\r\núltimos años en el Uruguay, existiendo actualmente 10 Servicios de\r\nHemoterapia que incorporaron la tecnología necesaria para brindar este\r\nimportante servicio;\r\n\r\n   II) que pese a las medidas tomadas para reducir al máximo la iatrogenia\r\ndel procedimiento siendo éste un procedimiento invasivo no es totalmente\r\nexento de riesgo;\r\n\r\n   III) que se constataron en nuestro medio la falta de uniformidad de\r\ncriterios para la aceptabilidad de los candidatos a ser sometidos a\r\nprocedimientos de aféresis, su realización por parte de personal idóneo\r\nque no cuenta con la debida capacitación, el incumplimiento de las normas\r\nrelativas al tamizaje serológico de los donantes y otras circunstancias\r\nvarias que pueden resultar perjudiciales tanto para los donantes como para\r\nlos receptores;\r\n\r\n   Considerando: lo expresado por la Dirección General de la Salud y el\r\nServicio Nacional de Sangre;\r\n\r\n   Atento: a lo dispuesto en el Decreto No. 392/979 de 5 de julio de 1979;\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/119-1997/1" 
 ,"textoArticulo" : "  (*) \r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/119-1997/1\" >Texto</a> (Reglamentación de las Técnicas de Aferesis).\r\n" 
 } 
  ] 
  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - RAUL BUSTOS\r\n " 
 }