{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "118" 
  ,"anioNorma" : 2009 
  ,"nombreNorma" : "DONACIONES PARA PROYECTOS ARTISTICOS CULTURALES. BENEFICIOS FISCALES. ENERO 2009 - JUNIO 2009" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2009/03/16/6" 
    ,"fechaPromulgacion" : "09/03/2009" 
  ,"fechaPublicacion" : "16/03/2009" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2009 
  ,"pagina" : 532 
  } 
  ,"vistos" : " VISTO: lo dispuesto por los artículos 235 y 239 de la Ley Nº 17.930 de 19\r\nde diciembre de 2005, y el numeral 5º del artículo 7º del Decreto Nº\r\n364/007 de 1º de octubre de 2007.\r\n\r\nRESULTANDO: que dichas normas establecen un beneficio fiscal para ciertas\r\ndonaciones realizadas por los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de\r\nlas Actividades Económicas e Impuesto al Patrimonio con destino a\r\nproyectos declarados de fomento artístico cultural.\r\n\r\nCONSIDERANDO: que el Poder Ejecutivo debe fijar semestralmente el límite\r\nde las donaciones que queden comprendidas en el beneficio.\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/118-2009/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Establécese en $ 18:400.000 (pesos uruguayos dieciocho millones\r\ncuatrocientos mil), el límite total, por el semestre comprendido entre el\r\n1º de enero de 2009 y el 30 de junio de 2009, aplicable a los montos\r\ndonados en efectivo, al amparo de lo establecido por el artículo 239 de la\r\nLey Nº 17.930 de 19 de diciembre de 2005.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/118-2009/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Autorízase al Consejo Nacional de Evaluación y Fomento a distribuir el\r\nmonto total establecido precedentemente entre las donaciones efectuadas\r\nindividualmente por cada contribuyente, fijando los límites que entendiera\r\nconvenientes.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/118-2009/3" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y archívese.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " TABARE VAZQUEZ - ANDRES MASOLLER\r\n " 
 }