{  "tipoNorma" : "Decreto" 
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  ,"anioNorma" : 2012 
  ,"nombreNorma" : "AMPLIACION DEL PUERTO DE MALDONADO (PUNTA DEL ESTE)" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2012/05/03/10" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/04/2012" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/05/2012" 
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  ,"vistos" : " VISTO: la gestión promovida por la Dirección Nacional de Hidrografía del\r\nMinisterio de Transporte y Obras Públicas a fin de establecer la\r\nampliación de la delimitación del recinto portuario del Puerto de\r\nMaldonado (Punta del Este).\r\n\r\nRESULTANDO: I) Que la citada ampliación del recinto, cuya mensura fue\r\nrealizada por los Ingenieros Agrimensores Sres. Sergio Calfani y Fernando\r\nPérez en el mes de junio de 2011, según plano H-10912 de la precitada\r\nDirección Nacional, consta de un área total de 41hás. 3818m², en la que se\r\ndistingue una zona terrestre (Zona E) y una marítima (Zonas C y D).\r\n\r\nII) Que la Asesoría Jurídico - Notarial y el Departamento de Agrimensura\r\nLegal de la Dirección Nacional de Hidrografía y la División Servicios\r\nJurídicos (Departamento Asesoría Letrada) del Ministerio de Transporte y\r\nObras Públicas, han tomado la intervención previa que les compete, sin\r\nformular observaciones al respecto.\r\n\r\nATENTO: a lo preceptuado por los artículos 7 y 20 de la Ley N° 16.246 de 8\r\nde abril de 1992, artículo 8 del Decreto Reglamentario N° 412/992 de 1° de\r\nsetiembre de 1992 y artículo 7 del Decreto N° 574/974 de 12 de julio de\r\n1974 y Ley N° 16.191 de 24 de junio de 1991.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/117-2012/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Apruébase la ampliación de la delimitación del recinto portuario del\r\nPuerto de Maldonado (Punta del Este), según plano H-10912 de la Dirección\r\nNacional de Hidrografía del Ministerio de Transporte y Obras Públicas, que\r\nocupa: La Zona C: El área es de 5 há. l609m² del álveo de dominio público\r\ndel Río de la Plata, cuyo deslinde es el siguiente: al Oeste línea recta\r\nde 39.08 m; al Norte línea recta de 527.60m; al Este una línea recta de\r\n180.00m; al Sur dos tramos rectos de 518.24m y 11.84m que lo separan de la\r\nZona A Recinto Portuario del Puerto de Maldonado aprobado por la Ley N°\r\n16.191 de 24 de junio de 1991. La Zona D: El área es de 8106m² y ocupa\r\nparte del álveo de dominio público del Río de la Plata, cuyo deslinde es\r\nel siguiente: al Norte línea recta de 95.15m; al Este recta de 80.00m; al\r\nSur recta de 101.26m; al Oeste línea superior de ribera del Río de la\r\nPlata entre los vértices 1 y 4, lindando con la Isla Gorriti (predio sin\r\nempadronar). La Zona E: El área es de 8797m² y ocupa parte de la zona\r\ncostera de la Playa Mansa (predio sin empadronar), cuyo deslinde es el\r\nsiguiente: al Norte dos líneas rectas de 32.18m y 40.08m, lindando con\r\nparte de la zona costera de la Playa Mansa; al Este cinco tramos rectos de\r\n19.04m, 26.91m, 13.59m, 66.43m y 33.42m, frente a la Rambla General\r\nArtigas; al Sur recta de 44.23m, que la separan de parte de la zona\r\ncostera de la Playa Mansa; y al Oeste línea superior de ribera del Río de\r\nla Plata, vértices 26, 11, 10 y 9, tres tramos rectos de 40.12m, 20.00m y\r\n34.22m, y línea superior de ribera del Río de la Plata, vértices 6, 3, 4 y\r\n2, que lo separan del álveo de dominio público del Río de la Plata y de la\r\nAmpliación del Recinto Portuario del Puerto de Maldonado, aprobado por\r\nDecreto N° 365/007 de 1° de octubre de 2007.\r\n " 
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 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/117-2012/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese y vuelva a la Dirección Nacional de Hidrografía\r\ndel Ministerio de Transporte y Obras Públicas a sus efectos.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - ENRIQUE PINTADO\r\n " 
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