DIRECCION GENERAL IMPOSITIVA. TRIBUTOS. DECLARACION JURADA. VITIVINICULTURA




Promulgación: 23/02/1967
Publicación: 16/03/1967

Resumen:

Autorízase a la Dirección General Impositiva (DGI - Oficina de Impuestos Internos) a percibir, en forma de declaración jurada, el impuesto por kilo de uva cosechado para vinificar, creado por el artículo 46 de la Ley N° 13.420.

Artículo 1



		
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