DECLARACION DE INTERES PUBLICO LA INSTALACION DE UNA ESCUELA PUBLICA EN EL PADRON QUE SE DETERMINA. MONTEVIDEO




Promulgación: 02/05/2017
Publicación: 09/05/2017
  • El Registro Nacional de Leyes y Decretos del presente semestre aún no fue editado.
   VISTO: la Resolución del Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública de 24 de febrero de 2016, Acta 9, Resolución 27, por la cual acepta la donación modal que realizará Conaprole de una fracción de terreno de 6748 (seis mil setecientos cuarenta y ocho) metros cuadrados del padrón actual 427703 (antes 422656 en mayor área) ubicado en la zona rural de Montevideo, para la instalación de una Escuela de Educación Inicial y Primaria.

   RESULTANDO: I) que se ha determinado la fracción a escindir del padrón actual 427703 conforme a croquis del Ingeniero Agrimensor Fernando Cortabarría de 11 de noviembre de 2015, indicado como fracción 1 (uno).

   II) que dicho padrón está ubicado en la zona rural de Montevideo.

   CONSIDERANDO: I) que la construcción de un nuevo edificio escolar favorecería la organización y el funcionamiento de las Escuelas números 333, 146 y 150 de la zona, así como también a las comunidades familiares y barriales, en cuanto a los desplazamientos y cobertura de necesidades y demandas.

   II) que tratándose de un predio rural, la normativa vigente prohíbe toda división de tierra que implique crear lotes independientes menores en superficie a las tres hectáreas para los departamentos de Montevideo y Canelones, admitiéndose la división a vía de excepción cuando tenga por objeto la instalación de servicios de interés público declarado por el Poder Ejecutivo.

   III) que a fin de posibilitar el fraccionamiento aludido corresponde declarar que resulta de interés público la instalación de una escuela en el mismo.

   ATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en el artículo 16 de la Ley 10.723 de 21 de abril de 1946, en la redacción dada por el artículo 2 de la Ley 18.367 de 10 de octubre de 2008, sustituido por el artículo 1 de la Ley 19.044 de 28 de diciembre de 2012.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

   Declárase de Interés Público la instalación de una Escuela Pública en parte del padrón actual 427703 (antes 422656 en mayor área) del Departamento de Montevideo, sito en la octava sección catastral de Montevideo, zona rural, de acuerdo a croquis del Ingeniero Agrimensor Fernando Cortabarría de 11 de noviembre de 2015, con una superficie de 6748 (seis mil setecientos cuarenta y ocho) metros cuadrados.

Artículo 2

   Comuníquese, publíquese y vuelva a sus efectos al Consejo Directivo Central de la Administración Nacional de Educación Pública.

 TABARÉ VÁZQUEZ - MARÍA JULIA MUÑOZ
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