Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Actualízanse las retribuciones a los Mozos de Cordel de los Puertos de Montevideo y Colonia, y las sumas que toda empresa de transporte fluvial de pasajeros deberá aportar para el Fondo de Retribuciones indicadas en el artículo 1º de la Ley Nº 14.133.