{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "115" 
  ,"anioNorma" : 2013 
  ,"nombreNorma" : "FIJACION DE TARIFAS DE GAS NATURAL. CONECTA S.A. ABRIL 2013" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2013/04/18/13" 
    ,"fechaPromulgacion" : "11/04/2013" 
  ,"fechaPublicacion" : "18/04/2013" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2013 
  ,"pagina" : 599 
  } 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/115-2013?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : " VISTO: la necesidad de aprobar el Cuadro de Tarifas Máximas de gas natural\r\ncorrespondiente al servicio de distribución del sur del país y de la\r\nCiudad de Paysandú, de la firma CONECTA S.A., a regir a partir del 1° de\r\nabril de 2013, según planillas anexas.\r\n\r\nRESULTANDO: que los precios son los que derivan de las variaciones en los\r\ncomponentes de costos operados.\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que existe un criterio consensuado entre la Dirección\r\nNacional de Energía y la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua\r\nen virtud del cual los ajustes extraordinarios de tarifas originados por\r\nla aplicación de derechos de exportación al gas natural aplicados por las\r\nautoridades argentinas, sólo corresponden cuando su impacto en el costo\r\nvariable de la tarifa residencial sea de +/- 5%;\r\n\r\nII) que las actualizaciones tarifarías fueron analizadas por la Dirección\r\nNacional de Energía y la Unidad Reguladora de Servicios de Energía y Agua;\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto y lo previsto por el artículo 51 de la Constitución\r\nde la República.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/115-2013/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Autorízase a la firma CONECTA S.A. el ajuste en sus tarifas que regirá a\r\npartir del 1° de abril de 2013, por el servicio de suministro de gas\r\nnatural en el sur del país y en la Ciudad de Paysandú, conforme a los\r\nCuadros de Tarifas Máximas que se describen en Anexos I y II<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0> que forman\r\nparte del presente decreto.\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<IMAGE SRC=\"http://www.impo.com.uy/imagenes/puntov.jpg\" BORDER=0 ><b><font color=\"#008200\">&nbsp;Ampliar información en imagen electrónica:</font></b> Decreto <a href=\"/diariooficial/2013/04/18/13\" target=\"_blank\">Nº 115/013</a> de \r\n11/04/2013.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/115-2013/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc. " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - ROBERTO KREIMERMAN\r\n\r\n " 
 }