OBLIGACION DEL USO DURANTE EL AÑO 2011 DEL LOGO DEL BICENTENARIO URUGUAY POR PARTE DE LA ADMINISTRACION CENTRAL




Promulgación: 23/03/2011
Publicación: 05/04/2011
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2011
  •    Página: 596
Referencias a toda la norma
VISTO: que la Ley N° 18.677 de 13 de agosto de 2010 declaró el año 2011
como año de "Celebración del Bicentenario del Proceso de Emancipación
Oriental", en el marco de la lucha de los pueblos americanos por su
autodeterminación e independencia, reconociendo la participación central
de la figura de José Artigas en la misma;

RESULTANDO: I) que la referida norma creó una comisión interinstitucional,
denominada "Comisión del Bicentenario de la Revolución de Independencia
del Río de la Plata 2010-2015";

II) que dicha Comisión tiene por cometido la planificación, para los años
2010 a 2015, de las actividades de conmemoración y celebración de los
principales hechos históricos del proceso revolucionario e
independentista, en la etapa comprendida entre 1810, inicio de la
Revolución en el Río de la Plata y 1815, año de la mayor expansión del
proyecto impulsado por José Artigas en la Provincia Oriental y en el
Sistema de los Pueblos Libres, así como la aprobación del plan de acción;

III) que resulta procedente la utilización por parte de los diversos
organismos estatales durante todo el año 2011, del logo del Bicentenario
Uruguay seleccionado por la "Comisión del Bicentenario de Independencia
del Río de la Plata 2010-2015";

IV) que dicho logo deberá ser incluido obligatoriamente en todos los
soportes donde se utilicen logos institucionales de cada organismo y debe
aparecer a la izquierda de los mismos, a la vez que se solicita la
colocación del isologotipo en fachadas, puertas de entrada y puntos
estratégicos de visibilidad, así como también de banners con dicho
isologotipo del Bicentenario Uruguay en cada actividad oficial que
realizaren;

VI) que la Secretaría Ejecutiva de la "Comisión del Bicentenario de la
Revolución de Independencia del Río de la Plata 2010-2015" pondrá a
disposición los diseños base de la marca, con un manual de marca adecuado
para el correcto uso de la misma;

CONSIDERANDO: lo dispuesto en la Ley N° 18.677 de 13 de agosto de 2010;

                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Dispónese la obligatoriedad de la utilización durante todo el año 2011
por parte de los Incisos de la Administración Central, del logo del
Bicentenario Uruguay seleccionado por la "Comisión del Bicentenario de la
Revolución de Independencia del Río de la Plata 2010-2015" el cual deberá
ser incluido obligatoriamente en todos los soportes donde se utilicen
logos institucionales de cada organismo y deberá constar a la izquierda de
los mismos.

JOSÉ MUJICA - RICARDO EHRLICH - LUIS ALMAGRO - PEDRO BUONOMO - LUIS
ROSADILLA - ENRIQUE PINTADO - HÉCTOR LESCANO
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