{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "114" 
  ,"anioNorma" : 2002 
  ,"nombreNorma" : "PRORROGA EN LA FIJACION DE DERECHOS DE IMPORTACION ESPECIFICOS. IMPORTACION DE PRODUCTOS TEXTILES \r\n" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2002/04/09/14" 
    ,"fechaPromulgacion" : "01/04/2002" 
  ,"fechaPublicacion" : "09/04/2002" 
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  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2002 
  ,"pagina" : 482 
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  ,"vistos" : " VISTO: el Decreto Nº 520/001, de 28 de diciembre de 2001, que prorrogó \r\nhasta el 31 de marzo de 2002 los derechos de importación específicos para \r\nproductos textiles originarios de países no integrantes del Mercosur, \r\nestablecidos por el Decreto Nº 394/000, de 27 de diciembre de 2000.-\r\n\r\nCONSIDERANDO: conveniente prorrogar los referidos derechos de importación \r\nespecíficos, en virtud de que aún no ha culminado el proceso de \r\nevaluación de su aplicación.-\r\n\r\nATENTO: a lo expuesto y a lo establecido por la Ley Nº 12.670, de 17 de \r\ndiciembre de 1959 y por el Decreto-Ley Nº 14.629, de 5 de enero de \r\n1977.-\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA                       \r\n                                                                          \r\n                                 DECRETA:                                 \r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/114-2002/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Prorróganse hasta el 30 de junio de 2002 los derechos de importación \r\nespecíficos para productos textiles originarios de países no integrantes \r\ndel Mercosur, establecidos por el Decreto Nº 394/000, de 27 de diciembre \r\nde 2000 y prorrogados por el Decreto Nº 520/001, de 28 de diciembre de \r\n2001.-\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
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 ,"textoArticulo" : "  El presente Decreto entrará en vigencia a partir del 1º de abril de \r\n2002.-\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
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 ,"textoArticulo" : "  Comuníquese, publíquese, etc..-\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " BATLLE - ALBERTO BENSION - SERGIO ABREU\r\n\r\n\r\n " 
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