{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "113" 
  ,"anioNorma" : 2020 
  ,"nombreNorma" : "CREACION DEL PROGRAMA SEMBRANDO, CON EL OBJETO DE ESTIMULAR LA CULTURA EMPRENDEDORA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2020/04/16/11" 
    ,"fechaPromulgacion" : "30/03/2020" 
  ,"fechaPublicacion" : "16/04/2020" 
  ,"vistos" : "    VISTO: la Ley N° 19.820 de 27 de diciembre de 2019 que declaró de interés nacional el fomento de los emprendimientos;\r\n\r\n   RESULTANDO: I) que a través de dicha norma legal se pretende la consolidación de un ecosistema emprendedor en el país, el desarrollo y la difusión de la cultura emprendedora y la promoción y el desarrollo de los emprendimientos y los emprendedores;\r\n\r\n   II) que asimismo se procura promover el desarrollo y la articulación del ecosistema emprendedor, los emprendimientos asociativos y la colaboración entre los emprendedores; motivar la proactividad personal y grupal, el espíritu emprendedor y el desarrollo de una cultura emprendedora en los más diversos ámbitos y promover el alcance nacional del fomento de los emprendimientos a efectos de propender a la igualdad de oportunidades de acceso a los mecanismos de apoyo a los emprendedores en cualquier parte del territorio;\r\n\r\n   III) que en el país se deben fortalecer dichos mecanismos para fomentar la cultura emprendedora creando ámbitos de formación y de intercambio y donde los emprendedores puedan acceder al conocimiento de las herramientas prácticas vinculadas el ejercicio de emprender;\r\n\r\n   IV) que también resulta     necesario formar habilidades personales que promuevan el emprendimiento de manera de estimular la creación de empleo y favorecer la generación de ingresos y el desarrollo de microempresas;\r\n\r\n   CONSIDERANDO: I) que la Ley N° 19.472 de 23 de diciembre de 2016 creó el Sistema Nacional de Transformación Productiva y Competitividad siendo una de sus finalidades la promoción de actividades con potencial de generar capacidades locales y de incorporarse en cadenas de valor y el apoyo al desarrollo de nuevas actividades y nuevos emprendimientos;\r\n\r\n   II) que por el artículo 4 de la referida Ley, la Oficina de Planeamiento y Presupuesto integra el Gabinete Ministerial, órgano rector del referido Sistema;\r\n\r\n   III) que es oportuno y conveniente promover el alcance nacional del fomento de los emprendimientos y difundir las habilidades fundamentales para la tarea emprendedora;\r\n\r\n   ATENTO: a lo precedentemente expuesto, a lo dispuesto en el numeral 4° del artículo 168 de la Constitución de la República y la Ley N° 19.820 de 27 de diciembre de 2019;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/113-2020/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Créase el Programa \"Sembrando\" en el ámbito la Unidad Ejecutora 004 \"Oficina de Planeamiento y Presupuesto\" del Inciso 02 \"Presidencia de la República\" con el objeto de estimular la cultura emprendedora, favorecer el espíritu emprendedor, dar seguimiento y oficiar de facilitador y enlace entre los emprendedores y las instituciones públicas y privadas para analizar y direccionar las ideas de negocio por instituciones referentes.\r\n " 
  } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/113-2020/2" 
 ,"textoArticulo" : "    El Programa \"Sembrando\" tendrá alcance nacional y beneficiará a mujeres y hombres con intención de emprender, tanto a quien se encuentre en proceso de formalizar una idea de negocio o con un emprendimiento en ejercicio.\r\n   El Programa ofrecerá capacitación y apoyo a los beneficiarios en todos los departamentos del país desde el año 2020 a febrero de 2025 en la creación, fortalecimiento y desarrollo de sus emprendimientos. Asimismo, podrá actuar en colaboración con otros organismos públicos, para el impulso del emprendedurismo en los ámbitos de actuación donde su labor sea complementaria y contribuya a los cometidos del organismo.\r\n   Estará dirigido por una Comisión Directiva Honoraria, integrada por tres miembros, que serán designados por el Poder Ejecutivo, uno de ellos en calidad de Presidente. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#0000FF\">Redacción dada por:</font></b> Decreto Nº 455/023 de 29/12/2023 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/455-2023/1\" >1</a>.\r\nInciso 3º) <b><font color=\"#0000FF\">anteriormente agregado/s por:</font></b> Decreto Nº 207/020 de 22/07/2020 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/207-2020/1\" >1</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b>\r\n      Decreto Nº 207/020 de 22/07/2020 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/207-2020/1\" >1</a>,\r\n      Decreto Nº 113/020 de 30/03/2020 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/113-2020/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/113-2020/3" 
 ,"textoArticulo" : "    El Programa dará seguimiento, información y capacitación a los emprendedores sin prestar ningún tipo de ayuda económica o financiera.\r\n   El financiamiento de dicho Programa será realizado a través de un Fondo que se integrará con: a) las donaciones en dinero, tanto nacionales como extranjeras, b) con las contribuciones que, previo informe de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto, puedan realizar las personas públicas no estatales, siempre que no afecte el cumplimiento de los cometidos asignados y c) toda otra partida, fondo o contribución destinada al mismo.\r\n   La disponibilidad y administración del Fondo estará a cargo de la Oficina de Planeamiento y Presupuesto. (*) " 
  ,"notasArticulo" : "Incisos 2º) y 3º) <b><font color=\"#0000FF\">agregado/s por:</font></b> Decreto Nº 207/020 de 22/07/2020 \r\nartículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/207-2020/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/113-2020/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc.\r\n " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : "    LACALLE POU LUIS - ERNESTO TALVI - AZUCENA ARBELECHE - PABLO DA SILVEIRA - OMAR PAGANINI - PABLO MIERES - CARLOS MARÍA URIARTE - GERMÁN CARDOSO - IRENE MOREIRA " 
 }