CONVENIOS LABORALES. ACTIVIDAD PRIVADA. EMPLEADOS PRIVADOS. CONSEJOS DE SALARIOS. GRUPOS DE ACTIVIDAD. GRUPO 43. ESPECTACULOS PUBLICOS Y ENTRETENIMIENTOS. SUBGRUPO PERSONAL DE STUDS Y CABALLERIZAS




Promulgación: 27/01/1988
Publicación: 23/03/1988
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 3

   Establécese que las categorías que no figuran en el artículo 1° como asimismo los trabajadores que percibieren salarios superiores a los mínimos establecidos, recibirán un aumento general del 18% sobre los salarios vigentes al 30 de setiembre de 1987.
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