APROBACION DEL PRESUPUESTO OPERATIVO DE ANTEL. EJERCICIO 2002




Promulgación: 25/03/2003
Publicación: 02/04/2003
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2003
  •    Página: 534
Referencias a toda la norma

Artículo 30

 Cada actualización  de los ingresos y de las asignaciones presupuestales 
de los rubros de gastos e inversiones, se realizará ajustando los 
duodécimos de cada Rubro para el período que resta hasta fin del 
ejercicio, de forma de obtener al fin de éste las partidas presupuestales 
a precios promedio corrientes del año. Dichos ajustes se realizarán en 
función de los aumentos salariales dispuestos y las variación estimada 
del IPC y el Tipo de Cambio promedio para dicho período, que la Oficina 
de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los Entes Industriales, 
Comerciales y Financieros del Estado, en un plazo no mayor de 15 días y a 
partir de la vigencia del incremento salarial.- El Directorio a su vez, 
en un plazo no mayor de 30 días, deberá elevar a la Oficina de 
Planeamiento y Presupuesto, a efectos de proceder a su previo informe 
favorable; obtenido el mismo regirán las partidas adecuadas las que serán 
comunicadas por la empresa al Tribunal de Cuentas dentro de los 15 días 
subsiguientes para su conocimiento.-
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