Cada actualización de los ingresos y de las asignaciones presupuestales
de los rubros de gastos e inversiones, se realizará ajustando los
duodécimos de cada Rubro para el período que resta hasta fin del
ejercicio, de forma de obtener al fin de éste las partidas presupuestales
a precios promedio corrientes del año. Dichos ajustes se realizarán en
función de los aumentos salariales dispuestos y las variación estimada
del IPC y el Tipo de Cambio promedio para dicho período, que la Oficina
de Planeamiento y Presupuesto comunicará a los Entes Industriales,
Comerciales y Financieros del Estado, en un plazo no mayor de 15 días y a
partir de la vigencia del incremento salarial.- El Directorio a su vez,
en un plazo no mayor de 30 días, deberá elevar a la Oficina de
Planeamiento y Presupuesto, a efectos de proceder a su previo informe
favorable; obtenido el mismo regirán las partidas adecuadas las que serán
comunicadas por la empresa al Tribunal de Cuentas dentro de los 15 días
subsiguientes para su conocimiento.-