MODIFICACION DE LA COMPOSICION DE LA TASA GLOBAL ARANCELARIA PARA LA IMPORTACION DE FIBRA PRENSADA DE MADERA DURA (HARDBOARD)




Promulgación: 24/03/1982
Publicación: 12/04/1982
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 1982
  •    Página: 749
Visto: el decreto 654/981, de 30 de diciembre de 1981.

Considerando: que resulta conveniente modificar la composición del
conglobado de la fibra prensada de madera dura (Hardboard) a efectos de
que la industria nacional proveedora del producto tenga la protección
efectiva que le corresponde por aplicación del Programa General de
Reducción Arancelaria.

Atento: a lo dispuesto por el artículo 2º de la ley 12.670, de 17 de
diciembre de 1959 y a lo informado por la Dirección Nacional de Costos,
Precios e Ingresos,

                    El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

   Modifícase la composición de la Tasa Global Arancelaria establecida por
el decreto 654/981, de 30 de diciembre de 1981 para la importación de
fibra prensada dura (Hardboard) ítem N.A.D.I. 48.09.01.00 quedando
desagregado de la siguiente manera:

-Recargo..........................................................    70%
-Tasa Movilización de Bultos......................................     1%
-Tasa Consular....................................................     4%
 (*)

(*)Notas:
Ver en esta norma, artículo: 2.

Artículo 2

   Lo dispuesto por el artículo anterior no se aplicará a las
importaciones que se introduzcan por este ítem N.A.D.I. con denuncias
autorizadas con anterioridad a la vigencia de este decreto.

Artículo 3

   Dése cuenta al Consejo de Estado.

Artículo 4

   Este decreto entrará en vigencia una vez publicado en el "Diario
Oficial".

Artículo 5

   Comuníquese, publíquese, etc

ALVAREZ - VALENTIN ARISMENDI
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