{  "tipoNorma" : "Decreto" 
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  ,"anioNorma" : 1987 
  ,"nombreNorma" : "EXPROPIACION DE BIEN INMUEBLE. MONTEVIDEO" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
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    ,"fechaPromulgacion" : "05/03/1987" 
  ,"fechaPublicacion" : "06/05/1987" 
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  ,"vistos" : "  Visto: el planteamiento formulado por la Jefatura de Policía de\r\nMontevideo, a fin de que se proceda a la expropiación de un inmueble\r\nlindero que ocupa actualmente la Comisaría de Menores.\r\n\r\n Resultando: I) Que ante la urgente necesidad de ampliación locativa que\r\ntiene la referida Comisaría de Menores, la Comisión de Colaboración\r\nrealizó gestiones a fin de adquirir el predio lindero a la misma, padrón\r\nNº 1444;\r\n\r\n II) Que la propietaria de dicho inmueble manifestó su intención de no\r\nvender el inmueble y que, únicamente lo permutará por otro inmueble de\r\nsimilar ubicación y características;\r\n\r\n III) Que según surge del informe de la Sección Escribanía del Ministerio\r\ndel Interior, el Estado no posee inmuebles con las características que se\r\nrequiere ni disponibles a esos efectos;\r\n\r\n IV) Que es necesario mantener la unidad territorial de dicha Repartición,\r\npor lo que se propone la expropiación del referido inmueble padrón Nº\r\n1444, con frente a la calle Minas Nº 1.225/29.\r\n\r\n Considerando: I) Que los motivos invocados por la gestionante fundamentan\r\nel procedimiento expropiatorio previsto en la ley 3.958 de 28 de marzo de\r\n1912, modificativas y concordantes;\r\n\r\n II) Que el artículo 4º de la precitada disposición, con el agregado\r\nintroducido por el decreto ley 14.307, de 10 de diciembre de 1974 declara\r\nde utilidad pública la expropiación de los \"inmuebles accesorios para ser\r\nafectados a los servicios policiales del Ministerio del Interior\";\r\n\r\n III) Que de conformidad a lo expresado precedentemente y a lo preceptuado\r\nen el numeral 2º del artículo 3º de la ley 3.958, corresponde designar la\r\npropiedad a la cual resulta aplicable el derecho de expropiación;\r\n\r\n IV) Que asimismo y por las circunstancias señaladas, se hace necesario\r\ndeclarar de urgencia la toma de posesión del referido inmueble -artículo\r\n42 de la ley 3.958-. De acuerdo a lo expuesto,\r\n\r\n El Presidente de la República\r\n\r\n                              DECRETA:\r\n " 
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  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#FF0000\">Derogado/s por:</font></b> Decreto Nº 835/988 de 13/12/1988 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/835-1988/1\" >1</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 110/987 de 05/03/1987 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/110-1987/1\" >1</a>.\r\n" 
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  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#FF0000\">Derogado/s por:</font></b> Decreto Nº 835/988 de 13/12/1988 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/835-1988/1\" >1</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 110/987 de 05/03/1987 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/110-1987/2\" >2</a>.\r\n" 
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  ,"notasArticulo" : "<b><font color=\"#FF0000\">Derogado/s por:</font></b> Decreto Nº 835/988 de 13/12/1988 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/835-1988/1\" >1</a>.\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 110/987 de 05/03/1987 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/110-1987/3\" >3</a>.\r\n" 
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  ,"firmantes" : " SANGUINETTI - ANTONIO MARCHESANO - LUIS MOSCA\r\n " 
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