FIJACION DE NUEVAS TASAS POR SERVICIOS DE ATERRIZAJE, ESTACIONAMIENTO Y SOBREVUELO, PROPUESTAS POR LA DIRECCION GENERAL DE AEROPUERTOS NACIONALES




Promulgación: 28/02/1978
Publicación: 09/03/1978
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Derogada/o por:
      Decreto Nº 117/982 Derogada/o de 30/03/1982 artículo 10,
      Decreto Nº 254/981 de 16/06/1981 artículo 9.
Referencias a toda la norma
  Visto: la gestión promovida por la Dirección General de Aeropuertos
Nacionales proponiendo la fijación de nuevas tasas por servicios
aeroportuarios y la derogación de los decretos 17/977, 173/977 y 499/977
de fecha 31 de enero, 29 de marzo y 6 de setiembre de 1977
respectivamente.

  Considerando: I) Que es conveniente ordenar en un solo texto las
disposiciones contenidas en los decretos citados, así como adecuar las
tasas vigentes a los costos de los servicios;

II) Que al referido organismo le compete la facultad de propuesta para la
determinación de las tasas y precios relativos al uso de los Aeródromos y
Aeropuertos públicos de acuerdo con lo prescripto por el artículo 70 del
Código Aeronáutico, ley 14.305 del 29 de noviembre de 1974.

  Atento: al dictamen de la Asesoría Letrada del Ministerio de Defensa
Nacional,

                    El Presidente de la República

                              DECRETA:

Artículo 1

 (*)

(*)Notas:

TEXTO ORIGINAL: Decreto Nº 110/978 de 28/02/1978 artículo 1.

   MENDEZ - WALTER RAVENNA - VALENTIN ARISMENDI
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