{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "11" 
  ,"anioNorma" : 2011 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DEL REGLAMENTO TECNICO MERCOSUR SOBRE LISTA POSITIVA DE ADITIVOS PARA MATERIALES PLASTICOS DESTINADOS A LA ELABORACION DE ENVASES Y EQUIPAMIENTOS EN CONTACTO CON ALIMENTOS. MODIFICACION DEL REGLAMENTO BROMATOLOGICO NACIONAL. DEROGACION DE LAS RESOLUCIONES GMC 95/94 Y 50/01" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/2011/03/28/5" 
    ,"fechaPromulgacion" : "14/01/2011" 
  ,"fechaPublicacion" : "28/03/2011" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 2011 
  ,"pagina" : 99 
  } 
  ,"referenciasNorma" : " <b><font color=\"#FF0000\">Derogada/o por:</font></b> Decreto Nº 252/020 de 10/09/2020 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos/252-2020/3\" >3</a>.\r\n " 
  ,"vistos" : " VISTO: el Reglamento Bromatológico Nacional, aprobado por Decreto del\r\nPoder Ejecutivo N° 315/994 de 5 de julio de 1994;\r\n\r\nRESULTANDO: I) que por la Resolución N° 32/07 del Grupo Mercado Común del\r\nMERCOSUR, se aprobó el denominado \"Reglamento Técnico MERCOSUR sobre Lista\r\npositiva de Aditivos para Materiales Plásticos destinados a la elaboración\r\nde Envases y Equipamientos en contacto con Alimentos\";\r\n\r\nII) que se ha solicitado la actualización de la normativa al respecto,\r\nmediante la internalización de la referida Resolución del Grupo Mercado\r\nComún del MERCOSUR;\r\n\r\nCONSIDERANDO: I) que dicha actualización de la reglamentación sobre\r\nmateriales plásticos destinados a la elaboración de envases y\r\nequipamientos en contacto con alimentos, resulta necesaria y oportuna para\r\ncubrir las necesidades de la industria nacional al respecto;\r\n\r\nII) que según lo dispuesto en el Artículo 38 del Protocolo Adicional de\r\nOuro Preto, aprobado por la Ley N° 16.712 de 1° de septiembre de 1995, por\r\nel cual los Estados Partes se comprometen a adoptar todas las medidas\r\nnecesarias para asegurar en sus respectivos territorios el cumplimiento de\r\nlas normas emanadas de los Órganos correspondientes, previstos en el\r\nArtículo 2° del referido Protocolo;\r\n\r\nIII) que es necesario proceder de acuerdo al compromiso asumido por la\r\nRepública en el Protocolo mencionado, poniendo en vigencia en el Derecho\r\npositivo nacional las normas emanadas del Grupo Mercado Común, referidas\r\nen el VISTO;\r\n\r\nIV) que la actualización planteada contribuye a permitir un mayor y más\r\nfluido relacionamiento comercial con otros países, circunstancia que\r\nbeneficia el comercio exterior de nuestro País;\r\n\r\nV) que dicha actualización, elevada por el Departamento de Alimentos y\r\nOtros, de la División Habilitación Sanitaria del Ministerio de Salud\r\nPública, cuenta con la aprobación de la División Normas e Investigación de\r\ndicha Secretaría de Estado;\r\n\r\nVI) que la Dirección General de la Salud no realiza objeciones respecto de\r\nla internalización proyectada, por lo que corresponde proceder en\r\nconsecuencia;\r\n\r\nATENTO: a lo precedentemente expuesto y a lo establecido en la Ley N°\r\n9.202 -Orgánica de Salud Pública-, de 12 de enero de 1934 y concordantes;\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
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 ,"textoArticulo" : "    (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 11/011 de 14/01/2011 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/11-2011/1\" >1</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/11-2011/2" 
 ,"textoArticulo" : "    (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-reglamento/11-2011/2\" >Texto</a> Reglamento Técnico MERCOSUR sobre la \"Lista positiva de \r\nAditivos para Materiales Plásticos destinados a la elaboración de Envases \r\ny Equipamientos en contacto con Alimentos\".\r\n<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 11/011 de 14/01/2011 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/11-2011/2\" >2</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/11-2011/3" 
 ,"textoArticulo" : "    (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 11/011 de 14/01/2011 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/11-2011/3\" >3</a>.\r\n" 
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 , { "nroArticulo" : "4" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/11-2011/4" 
 ,"textoArticulo" : "    (*) " 
  ,"notasArticulo" : "<br><b><font color=\"#008200\">TEXTO ORIGINAL:</font></b> Decreto Nº 11/011 de 14/01/2011 artículo <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/11-2011/4\" >4</a>.\r\n" 
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  ,"firmantes" : " JOSÉ MUJICA - DANIEL OLESKER - LUIS ALMAGRO - FERNANDO LORENZO - ROBERTO KREIMERMAN " 
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