DEUDA PUBLICA. EMISION DE BONOS DEL TESORO. 5ª SERIE




Promulgación: 20/02/1986
Publicación: 27/05/1986
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.

Artículo 7

   Los servicios de interés y rescate de estos Bonos serán atendidos por el Banco Central del Uruguay en su carácter de agente financiero del Estado.
   Los pagos por dicho concepto se efectuarán en dólares de los Estados
Unidos de América.
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