LUCHA CONTRA LA FIEBRE AFTOSA. REGLAMENTACION




Promulgación: 03/03/1966
Publicación: 14/03/1966

Resumen:

Decláranse artículos de primera necesidad los subproductos de la carne, lenguas y riñones de bovinos y porcinos, destinados a la elaboración de vacunas antiaftosa.
Reglamentario/a de: Ley Nº 12.938 de 09/11/1961 artículo 11 Derogada/o.

Artículo 13


		
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