FIJACION DE LIMITE DE COMPRAS EN TIENDAS TAX FREE SHOP. FRANQUICIAS




Promulgación: 25/03/2010
Publicación: 07/04/2010
  • Registro Nacional de Leyes y Decretos:
  •    Tomo: 1
  •    Semestre: 1
  •    Año: 2010
  •    Página: 586
VISTO: la Decisión 18/994 del Consejo del Mercado Común sobre aplicación
relativa al régimen de equipaje en el MERCOSUR puesta en vigencia por
Decreto N° 572/994 de 29 de diciembre de 1994.

RESULTANDO: que dicha norma, en su artículo 13 establece una franquicia
mínima adicional para compras en la tiendas libres de impuestos (Tax Free
Shops), de llegada, que data desde la vigencia del citado Decreto.

CONSIDERANDO: I) que la franquicia mínima mencionada es sensiblemente
superior en otros Estados partes.

II) que el citado artículo establece una franquicia adicional mínima, de
donde se deduce la posibilidad de regular la misma mediante normas
internas.

III) que dicha norma dispuesta por el mencionado Decreto pretende
armonizar, dentro de la región, la normativa del régimen de equipaje en el
MERCOSUR.

IV) que es procedente la determinación de un incremento en referencia a
dicho mínimo, dada la depreciación producida a causa de la inflación
ocurrida desde su vigencia en la moneda en que se encuentra expresado,
teniendo en cuenta además, el nivel de las franquicias vigentes en la
mayoría de los países de la región.

ATENTO: a lo expuesto.

                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA

                                 DECRETA:

Artículo 1

 Fíjase en U$S 500,oo (quinientos dólares de los Estados Unidos de
América), la franquicia adicional, establecida en el artículo 13, de la
Decisión del Consejo del Mercado Común del MERCOSUR, puesta en vigencia
por el Decreto N° 572/994, del 29 de diciembre de 1994.
Referencias al artículo

Artículo 2

 Comuníquese y publíquese, etc.

JOSE MUJICA - FERNANDO LORENZO - ROBERTO CONDE
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