Registro Nacional de Leyes y Decretos: esta norma no fue incluida.
Visto la ampliación de partida presupuestal formulada por la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, como consecuencia del aumento producido en lo que va del ejercicio en el petróleo crudo y los destilados.
Considerando: que la Secretaría de Planeamiento, Coordinación y Difusión ha emitido su informe y el Tribunal de Cuentas de la República su
dictamen.
Atento: a lo establecido en el artículo 221 de la Constitución de la República,
El Presidente de la República
DECRETA:
Amplíase en N$ 830:000.000 (nuevos pesos ochocientos treinta millones) la asignación del Rubro 2 "Materiales y artículos de consumo" del Presupuesto Operativo 1980 de la Administración Nacional de Combustibles, Alcohol y Portland, a efectos de cubrir los costos de petróleo crudo y derivados de acuerdo con la apertura siguiente:
PRESUPUESTO OPERATIVO
Programa de Combustibles
Rubro Denominación N$
- - -
1.02 Materiales y Arts. de consumo ............. 830:000.000
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