{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "107" 
  ,"anioNorma" : 1976 
  ,"nombreNorma" : "AUTORIZACION PARA SUSCRIBIR CONVENIO FORESTAL" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1976/03/03/3" 
    ,"fechaPromulgacion" : "19/02/1976" 
  ,"fechaPublicacion" : "03/03/1976" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1976 
  ,"pagina" : 570 
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  ,"vistos" : "    Visto: estos antecedentes elevados por la Dirección Forestal, Parques y\r\nFauna, relacionados con el proyecto de convenio a suscribir con la\r\nFacultad de Agronomía, a los fines que se indicarán.\r\n\r\n   Resultando: I) A grandes rasgos, los objetivos del Convenio en cuestión\r\nson los siguientes: a) lograr el abastecimiento interno de semillas\r\nforestales; b) realizar investigaciones sobre la recolección de frutos y\r\nextracción de semillas, limpieza, clasificación y conservación; c)\r\nestablecer montes semilleros en plantaciones de más de 10 años de\r\npropiedad oficial o privada que aseguren el abastecimiento por los\r\npróximos 10 años; d) poner en funcionamiento un Centro de procesamiento y\r\nalmacenamiento de semillas forestales en el Vivero Nacional Dr. Alejandro\r\nGallinal que permitirá un abastecimiento permanente: e) capacitar a los\r\nestudiantes de la Facultad de Agronomía y de la Universidad del Trabajo\r\n(Escuela de Silvicultura) en el tema; y f) divulgar los resultados de las\r\ninvestigaciones;\r\n\r\n   II) El plazo del Convenio de que se trata se fija en cinco años a\r\npartir de su otorgamiento y tanto el Ministerio de Agricultura y Pesca\r\ncomo la Facultad de agronomía se obligan a aportar personal, materiales,\r\ninstalaciones, viáticos y los montes semilleros de su jurisdicción.\r\n\r\n   Considerando: I) Se estima beneficioso propender al desarrollo, por\r\ntodos los medios posibles de la forestación, habida cuenta de la\r\nimportancia que la misma reviste para la economía general del país;\r\n\r\n   II) Para ello es necesario disponer, en cantidad suficiente, de\r\nsemillas de algunas de las especies seleccionadas para el desarrollo\r\nmencionado, especialmente en el caso de los pinos originarios del sur de\r\nlos Estados Unidos de América (P. Ellioti y P taeda);\r\n\r\n   III) En ese orden de ideas se estima conveniente autorizar la\r\nsuscripción del Convenio de que se trata, referido en la parte expositiva\r\nde este decreto.\r\n\r\n   Atento: a lo preceptuado por la ley 13.723, del 16 de diciembre de\r\n1968,\r\n\r\n                         El Presidente de la República\r\n\r\n                                   DECRETA:\r\n " 
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  { "nroArticulo" : "1" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/107-1976/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Autorízarse a la Dirección Forestal, Parques y Fauna para suscribir,\r\ncon la Facultad de Agronomía, el Convenio referido en la parte expositiva\r\nde este decreto, a fin de lograr el abastecimiento interno de semillas\r\nforestales.\r\n " 
  ,"urlReferenciasArticulo" : "/bases/decretos/107-1976/1?verreferencias=articulo" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/107-1976/2" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ] 
  ,"firmantes" : " BORDABERRY - JULIO EDUARDO AZNAREZ - DANIEL DARRACQ\r\n " 
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