{  "tipoNorma" : "Decreto" 
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  ,"nombreNorma" : "CONVENIO COLECTIVO. CONSEJOS DE SALARIOS GRUPO Nº 10 COMERCIO EN GENERAL.\r\nSUBGRUPO 19 ANDA" 
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    ,"fechaPromulgacion" : "02/03/2009" 
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  ,"vistos" : " \r\nVISTO: El acuerdo logrado en el grupo Nº 10 (\"Comercio en General\"),\r\nsubgrupo Nº 19 (ANDA), de los Consejos de Salarios convocados por Decreto\r\nNº 105/005 de 7 de marzo de 2005.\r\n\r\nRESULTANDO: Que el 10 de diciembre de 2008 los delegados de las\r\norganizaciones representativas empresariales y de los trabajadores\r\nacordaron solicitar al Poder Ejecutivo la extensión al ámbito nacional del\r\nconvenio colectivo celebrado el 1 de octubre de 2008 para dicha\r\ninstitución (ANDA).\r\n\r\nCONSIDERANDO: Que, a los efectos de asegurar el cumplimiento integral de\r\nlo acordado, corresponde utilizar los mecanismos establecidos en el\r\nDecreto-Ley Nº 14.791, de 8 de junio de 1978.\r\n\r\nATENTO: A los fundamentos expuestos y a lo preceptuado en el art. 1º del\r\nDecreto-Ley Nº 14.791 de 8 de junio de 1978.\r\n\r\n                      EL PRESIDENTE DE LA REPUBLICA\r\n\r\n                                 DECRETA:\r\n " 
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 ,"textoArticulo" : "  Establécese que el convenio colectivo suscrito el 1 de octubre de 2008 en\r\nel subgrupo Nº 19 (ANDA) del grupo Nº 10 (\"Comercio en General\"),\r\npublicado como anexo del presente decreto, rige con carácter nacional a\r\npartir del 1 de julio de 2008, para dicha institución.\r\n\r\n                 Asociación de Funcionarios de a.n.d.a.\r\n\r\nCONVENIO COLECTIVO\r\n\r\nEn Montevideo, el 1º de Octubre de 2008, por una parte la Asociación\r\nNacional de Afiliados (ANDA), representada por los Sres. Washington Almada\r\ny Miguel Gabay en sus respectivos caracteres de Presidente y Secretario,\r\ndomiciliada en Arenal Grande 1570 y por la otra parte la Asociación de\r\nFuncionarios de ANDA (AFA), representada por los Sres. Alberto Mesa y\r\nDarwin Alegre en sus respectivos caracteres de Presidente y Secretario,\r\ndomiciliada en Paysandú 1879, convienen en celebrar un convenio colectivo\r\ncuyo alcance se establece en las cláusulas que se determinan en este\r\ndocumento, el que comenzará a regir a partir del 1º de julio de 2008,\r\nsiendo su vigencia hasta el 31 de diciembre de 2010.\r\n\r\nI.     Antecedentes. Desde el 1º/6/1996 hasta la fecha, se han\r\n       incrementado las remuneraciones mensuales de los trabajadores de\r\n       ANDA por períodos trimestrales, cuatrimestrales y luego\r\n       semestrales, en base a la variación del Indice de Precios al\r\n       Consumo (IPC) en los períodos transcurridos. Esos incrementos han\r\n       sido acordados mediante convenios colectivos entre el Consejo\r\n       Administrativo y la Comisión Directiva de AFA. En el período\r\n       1/1/1998 al 31/12/2001 además del IPC cuatrimestral se pactó un\r\n       aumento real del 1,7% anual. En el período 1/7/06 al 31/12/2007,\r\n       además del ajuste por IPC semestral, se pactó un aumento real del\r\n       3,5% distribuido en el citado período.\r\n       En el período 1/1/2002 al 31/6/2003 (período de la crisis) también\r\n       se ajustaron las remuneraciones de los trabajadores por el Indice\r\n       de Precios al Consumo.\r\nII.    Ajuste salarial. A partir del 1º de julio de 2008, las\r\n       remuneraciones del personal dependiente de ANDA se ajustarán\r\n       semestralmente, según el incremento del Indice de Precios al\r\n       Consumo (IPC) del semestre anterior al momento del ajuste. El\r\n       reajuste de salarios será aplicado en forma semestral hasta la\r\n       finalización de este convenio.\r\nIII.   Cláusula Gatillo. Para el caso en que la variación en la\r\n       evolución del IPC superara antes de la fecha del próximo ajuste el\r\n       último incremento en más de 1,5 puntos porcentuales, se realizará\r\n       un ajuste extraordinario, a partir del mes inmediato siguiente al\r\n       que se haya superado dicho guarismo y por el 100% de la variación\r\n       acaecida desde el último ajuste. A la finalización del semestre\r\n       respectivo, se abonará el complemento a recaer entre la variación\r\n       del IPC en el semestre transcurrido y el ajuste parcial efectuado\r\n       por aplicación de esta cláusula.\r\nIV.    Gratificaciones. Los funcionarios recibirán una gratificación\r\n       especial durante cada mes de Diciembre del período objeto de\r\n       convenio, cuyo monto será acordado entre las partes a partir del\r\n       mes de Noviembre.\r\nV.     Incremento adicional. Se verificará en el período un incremento del\r\n       3% al adicional otorgado originalmente según Acta Nº 6760 del\r\n       Consejo Administrativo. Este incremento se realizará en los\r\n       porcentajes y momentos que se establecen: 1% en Julio/2008; 1% en\r\n       Julio/2009 y 1% en Julio/2010. Este incremento sólo regirá para los\r\n       funcionarios cuyo sueldo básico mensual calculado a valores de\r\n       Junio/2008 sea igual o inferior a $ .415,16 por hora de trabajo en\r\n       base a 35 horas semanales de labor y estará sujeto a la permanencia\r\n       del Impuesto a la Renta de las Personas Físicas.\r\n       Este tope se ajustará en las mismas condiciones establecidas en el\r\n       parágrafo II.\r\nVI.    Mantenimiento de Beneficios. Los beneficios vigentes, algunos\r\n       generales y otros vinculados a la función que se desarrolla tales\r\n       como: pago de presentismo, adelanto mensual del aguinaldo, adelanto\r\n       parcial del sueldo mediante vale; premio vacacional; complementos\r\n       salariales por ejercicio temporal de funciones ajenas al cargo por\r\n       el lapso que realice dicha función; antigüedad; comisiones por\r\n       afiliación; quebrantos de caja; viáticos, locomoción; uniformes;\r\n       compensación por vivienda; compensaciones por pago de pasividades;\r\n       y todos aquellos vigentes de naturaleza salarial al momento de\r\n       otorgamiento de este convenio mantendrán su vigencia.\r\nVII.   Cláusula de Salvaguarda. En caso que la actual crisis financiera\r\n       mundial impacte en la economía uruguaya y haga inviable la\r\n       ejecución del presente convenio, las partes se comprometen a\r\n       renegociar los acuerdos alcanzados con el propósito de viabilizar\r\n       el desarrollo institucional y el mantenimiento de los puestos de\r\n       trabajo.\r\nVIII.  Anexo I. Se agrega como Anexo I, los porcentajes de incrementos\r\n       salariales ocurridos en el período 1/6/1996 al 1/7/2008.\r\n\r\n          Por ANDA                           Por AFA\r\n\r\nWashington Almada   Miguel Gabay   Alberto Mesa     Darwin Alegre\r\n\r\nRELACION DE INCREMENTOS SALARIALES (1999 - 2008)\r\n\r\n1.06.1996     7,02%\r\n1.09.1996     5,19%\r\n1.12.1996     5,37%\r\n1.03.1997     4,92%\r\n1.06.1997     4,09%\r\n1.09.1997     3,44%\r\n1.12.1997     2,43%\r\n1.01.1998     2,44%\r\n1.07.1998     4,58%\r\n1.01.1999     4,73%\r\n1.07.1999        3%\r\n1.01.2000     2,83%\r\n1.07.2000     3,60%\r\n1.01.2001     3,08%\r\n1.07.2001     2,85%\r\n1.01.2002     1,56%\r\n1.07.2002     7,19%\r\n1.01.2003    17,50%\r\n1.07.2003     6,09%\r\n1.01.2004     3,86%\r\n1.07.2004     5,52%\r\n1.01.2005     1,97%\r\n1.07.2005     2,13%\r\n1.01.2006     2,71%\r\n1.07.2006     5,38%\r\n1.01.2007     3,43%\r\n1.07.2007     6,57%\r\n1.01.2008     2,83%\r\n1.07.2008     5,44%\r\n\r\nACTA. En la ciudad de Montevideo, el 10 de diciembre de 2008, reunido el\r\nCONSEJO DE SALARIOS del GRUPO No. 10: \"COMERCIO EN GENERAL\" integrado por:\r\ndelegados del Poder Ejecutivo: Dr. Nelson Loustaunau, Dra. Jimena\r\nRuy-López, Soc. Andrea Badolati y Lic. Marcelo Terevinto; delegados\r\nempresariales: Cr. Hugo Montgomery y Sr. Julio Guevara; delegados de los\r\ntrabajadores: Sr. Héctor Castellano y Sr. Ismael Fuentes, se deja\r\nconstancia de lo siguiente:\r\nPRIMERO: Las delegaciones y de los trabajadores presentan ante este\r\nConsejo un convenio colectivo suscripto para el subgrupo Nº 19 (ANDA) el 1\r\nde octubre de 2008, con vigencia desde el 1º de julio de 2008 y el 31 de\r\ndiciembre de 2010, el cual se considera parte de esta acta.\r\nSEGUNDO: Por este acto se recibe el citado convenio, a efectos de la\r\nhomologación por el Poder Ejecutivo.\r\nPara constancia de lo actuado, se otorga y firma en el lugar y fecha\r\narriba indicado.\r\n\r\nADMINISTRATIVO MDEO.\r\nDescripción Cargo                           Sueldo\r\nDirector de Servicios Diversificados        80.393\r\nGerente Divisional de Montevideo            46.220\r\nGerente (Montevideo)                        36.675\r\nGerente (Nivel I)                           51.998\r\nGerente (Nivel II)                          45.341\r\nGerente (Nivel III)                         35.394\r\nGerente de Compras (Nivel III)              40.326\r\nGerente (Nivel IV)                          28.703\r\nGerente de Créditos                         46.220\r\nGerente de Alquileres                       43.910\r\nGerente de Recaudaciones                    43.910\r\nGerente de Unidad Casa Central              39.287\r\nGerente de Procedimientos y Normativas      28.703\r\nGerente (Nivel III - 40 hs. semanales)      35.394\r\nAnalista en Marketing                       26.070\r\nEncargado                                   26.070\r\nDirector                                    80.393\r\nDirector de Auditoría de Gestión            80.393\r\nAuditor Informático                         80.393\r\nGerente                                     46.917\r\nCoordinador de Capacitación y Entrenamiento 60.718\r\nJefe de Departamento                        40.326\r\nJefe de Sección                             35.394\r\nSub - Jefe de Sección                       28.703\r\nEncargado de Sector                         26.070\r\nOficial                                     24.756\r\nAuxiliar de Primera                         23.343\r\nAuxiliar                                    23.343\r\nAuxiliar de Segunda                         22.178\r\nAuxiliar de Tercera                         21.395\r\nMeritorio                                   18.599\r\n\r\nDescripción Escalafón\r\nRECAUDACIONES\r\nDescripción Cargo                           Sueldo\r\nJefe de Recaudación                         35.394\r\nSub - Jefe de Recaudación                   28.703\r\nRecaudador de Primera                       27.351\r\nRecaudador de Segunda                       24.756\r\n\r\nDescripción Escalafón\r\nFUNCIONARIOS CON TAREAS ESPECIFICAS\r\nDescripción Cargo                           Sueldo\r\nInformante de Primera                       24.756\r\nInformante de Segunda                       23.343\r\nSupervisor (44 hs. semanales)               36.084\r\nAuxiliar Externo Grado 1                    16.652\r\n\r\nDescripción Escalafón\r\nDIRECCION DE INFORMATICA (DIN)\r\nDescripción Cargo                           Sueldo\r\nDirector de Informática                     73.734\r\nSub - Director de Desarrollo                68.773\r\nSub - Director de Producción                68.773\r\nGerente de Producción                       62.093\r\nTécnico Adjunto                             51.680\r\nAdministrador Base de Datos                 49.493\r\nSupervisor de Producción                    51.680\r\nAdministrador de Redes y Comunicaciones     49.493\r\nAnalista de Sistemas                        49.493\r\nAdministrador de Servidores                 49.493\r\nAnalista Programador                        44.776\r\nProgramador                                 40.326\r\nProgramador Junior                          31.380\r\nJefe de Procesamiento de Datos              41.140\r\nSub - Jefe de Procesamiento de Datos        34.142\r\nOperador de Sistema                         29.907\r\nAyudante de Operador                        27.351\r\nOperador de Terminal de Primera             24.749\r\nTécnico en Mantenimiento de PC              31.380\r\nTécnico de Comunicaciones de Datos          31.380\r\n\r\nDescripción Escalafón\r\nTECNICO PROFESIONAL MDEO.\r\nDescripción Cargo                           Sueldo\r\nGerente de Tesorería (Nivel I)              65.849\r\nDirector de Finanzas                        80.393\r\nDirector de Area Contable                   80.393\r\nContador Asesor                             35.394\r\nDirector Técnico de Servicios Médicos       80.393\r\nAuditor Interno                             80.393\r\nArquitecto                                  40.326\r\nAbogado                                     26.504\r\nProcurador                                  25.235\r\nMédico Especialista (6 hs.)                 25.235\r\nMédico Especialista (4 hs.)                 16.823\r\nMédico Especialista Grado III (3 hs.)        6.569\r\nMédico Especialista Dermatología (3 hs/semanales)12.644\r\nMédico Medicina General Grado I (16 hs. p/sem)   37.490\r\nMédico de Medicina General                  21.464\r\nMédico Medicina General Grado II (14 hs. p/sem)  31.614\r\nMédico Especialista Grado I (16 hs. p/sem)  37.490\r\nMédico Especialista Grado III (6 hs.)       13.138\r\nMédico Especialista Cirugía Grado III       13.140\r\nMedico Especialista Grado III - 12 hs.      26.275\r\nMédico Medicina Gral. Grado III (12 hs.)    26.275\r\nAdministrador Técnico Odontológico          80.393\r\nMédico Medicina Gral. G III (6 hs.)         13.138\r\nMédico Especialista Grado II (14 hs. p/sem) 31.614\r\nJefe Servicio Odontológico Mdeo.            43.017\r\nOdontólogo (12 hs.)                         30.285\r\nLicenciado en Enfermería - Grado III        26.070\r\nContador                                    40.326\r\nLicenciado en Fisioterapia Grado I          25.265\r\nLicenciado en Fisioterapia Grado III - 20 Hrs.  14.941\r\nJefe de Unidad de Farmacia                  31.619\r\nJefe de Unidad de Enfermería                35.394\r\nTécnico en Registros Médicos Grado I        28.017\r\nTécnico en Registros Médicos Grado II       25.672\r\nTécnico en Registros Médicos Grado III      23.343\r\n\r\nDescripción Escalafón\r\nESPECIALIZADOS DE CLINICAS MDEO.\r\nDescripción Cargo                           Sueldo\r\nLaboratorista Dental                        25.771\r\nHigienista Dental                           28.223\r\nHigienista Dental (30 hs. p/semana)         24.191\r\nHigienista Dental (25 hs. p/semana)         20.160\r\nAsistente Dental                            25.771\r\nAsistente Dental (30 hs. p/semana)          22.089\r\nAsistente Dental (25 hs. p/semana)          18.408\r\nAsistente Dental (20 hs. p/semana)          14.726\r\nAsistente Dental (8 hs. p/semana)            5.891\r\nAsistente Dental Idóneo                     25.771\r\nJefe de Unidad de Registros Médicos         35.394\r\nAdmisionista Grado II                       25.586\r\nAdmisionista Grado III                      23.340\r\nSecretaria de la Dirección del Servicio Médico  26.282\r\nAuxiliar de Enfermería Grado I              26.282\r\nAuxiliar de Enfermería Grado II             24.892\r\nAuxiliar de Enfermería Grado III            23.343\r\nIdóneo en Farmacia Grado I                  15.609\r\nIdóneo en Farmacia Grado II                 14.776\r\nIdóneo en Farmacia Grado III                13.826\r\n\r\nDescripción Escalafón\r\nESPECIALIZADOS DE TALLERES Y OBRAS\r\nDescripción Cargo                           Sueldo\r\nEncargado de Mantenimiento                  32.620\r\nOficial Especializado (Talleres y Obras)    26.998\r\nMedio Oficial (Talleres y Obras)            21.395\r\nAyudante de Electricista                    14.098\r\n\r\nDescripción Escalafón\r\nPERSONAL DE SERVICIO MDEO.\r\nDescripción Cargo                           Sueldo\r\nSupervisor (Servicios Generales)            30.643\r\nChofer                                      24.532\r\nEncargado de Servicios Generales            26.070\r\nEncargado Coor. de Servicios Generales      28.703\r\nAuxiliar (Servicios Generales)              19.981\r\nPortero                                     19.986\r\nSereno (Lun. a Vier.)                       19.986\r\nSereno (Sáb. Dom. Fer. 8 hs.)               18.599\r\nTelefonista                                 19.986\r\nLimpiador/a (15 hs. por semana)              7.971\r\nLimpiador/a (25 hs. p/semana)               13.285\r\nLimpiador/a 30 hrs. p/semana                15.942\r\nLimpiador/a                                 18.599\r\nLimpiador/a (72 hs. p/mes) Int.              6.377\r\n\r\nDescripción Escalafón\r\nSALON COMEDOR Y CAFETERIA\r\nDescripción Cargo                           Sueldo\r\nEncargado de Salón Comedor y Cafetería      26.067\r\nOficial (Salón Comedor y cafetería)         23.337\r\nMedio Oficial (Salón comedor y cafetería)   21.812\r\nAuxiliar (Salón comedor y cafetería)        19.986\r\nPeón                                        18.599\r\n\r\nDescripción Escalafón\r\nADMINISTRATIVO INT.\r\nDescripción Cargo                           Sueldo\r\nDirector de Servicios Personalizados        80.393\r\nGerente Divisional del Interior             51.998\r\nGerente de Sucursal                         44.293\r\nGerente (Interior)                          36.675\r\nJefe de Sucursal                            36.675\r\nSub - Jefe de Sucursal                      28.703\r\nEncargado de Sector (Interior)              26.070\r\nEncargado (Interior)                        26.070\r\nOficial (Interior)                          24.756\r\nAuxiliar (Interior)                         23.343\r\nMeritorio (Interior)                        18.599\r\n\r\nDescripción Escalafón\r\nTECNICO PROFESIONAL INT.\r\nDescripción Cargo                           Sueldo\r\nJefe Clínica Dental (Sucursal Salto)        35.392\r\nJefe Regional del Serv. Odont. Interior     43.017\r\nOdontólogo (Interior)                       25.237\r\n\r\nDescripción Escalafón\r\nESPECIALIZADOS DE CLINICAS INT.\r\nDescripción Cargo                           Sueldo\r\nHigienista (Interior)                       28.223\r\nAuxiliar Odontológica \"A\" (40 hs. por semana)   20.181\r\nAuxiliar Odontológica \"B\" (30 hs. p/semana)     16.766\r\nAuxiliar de Clínica Dental (Interior)       21.811\r\nAuxiliar de Clínica Dental \"A\" (Interior)   17.658\r\nAuxiliar de Clínica Dental (20 hs. p/semana)12.463\r\nAuxiliar Odontológica \"B\" 11 hs. p/sem       6.147\r\nAuxiliar Odontológica \"A\"                   15.137\r\nAsistente Dental (20 hs. p/semana)-Interior 14.726\r\nAsistente Dental (25 hs. p/semana)-Interior 18.408\r\nAsistente Dental (22:15 hs. p/semana)-Interior  16.383\r\nAsistente Dental (22:30 hs. p/semana)-Interior  16.567\r\nAsistente Dental (30 hs. p/semana)-Interior     22.089\r\nAsistente Dental (35 hs. p/semana)-Interior     25.771\r\nAsistente Dental Idóneo (Interior)          25.771\r\nAsist. Dent. Idóneo (25 hs. p/semana)-Interior  18.408\r\n\r\nDescripción Escalafón\r\nPERSONAL DE SERVICIO INT.\r\nDescripción Cargo                           Sueldo\r\nLimpiador/a (60 hs. p/mes) Int.             5.314\r\nLimpiador/a (80 hs. p/mes) Int.             7.085\r\nLimpiador/a (90 hs. p/mes) Int.             7.971\r\nLimpiador/a (94 hrs. p/mes) Int.            8.325\r\nLimpiador/a (96 hs. p/mes) Int.             8.502\r\nLimpiador/a (105 hs. p/mes) Int.            9.300\r\nLimpiador/a (108 hs. p/mes) Int.            9.565\r\nLimpiador/a (111 hs. p/mes) Int.            9.831\r\nLimpiador/a (120 hs. p/mes) Int.           10.628\r\nLimpiador/a (135 hs. p/mes) Int.           11.957\r\nLimpiador/a (150 hs. p/mes) Int.           13.285\r\nLimpiador/a (180 hs. p/mes) Int.           15.942\r\nLimpiador/a (210 hs. p/mes) Int.           18.599\r\n\r\nDescripción Escalafón\r\nFUERA DE ESCALAFONES\r\nDescripción Cargo                           Sueldo\r\nGerente de Ventas del Interior              44.293\r\nAsesor Institucional                        60.540\r\nAdscripta                                   38.133\r\nGerente Adscripto                           46.917\r\nSupervisor                                  28.330\r\nAdscripto                                   35.394\r\nEncargado de Mantenimiento de Equipos Dentales  32.620\r\nCoordinador de Información General          31.380\r\nOficial Especializado en Impresiones        26.998\r\nGerente de Carné Magnético                  68.773\r\nAdscripto a Presidencia                     60.540\r\nSecretario de Actas del Consejo Administrativo  40.326\r\n\r\n     MIGUEL GABAY               WASHINGTON ALMADA\r\n   Secretario del Consejo     Presidente del Consejo\r\n   Administrativo de ANDA     Administrativo de ANDA\r\n\r\n       DARWIN ALEGRE         ALBERTO MESA\r\n     Secretario de AFA     Presidente de AFA\r\n " 
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