{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "106" 
  ,"anioNorma" : 1992 
  ,"nombreNorma" : "UNIDADES EJECUTORAS - ADMINISTRACION TRIBUTARIA - RACIONALIZACION ADMINISTRATIVA" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1992/06/10/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "16/03/1992" 
  ,"fechaPublicacion" : "10/06/1992" 
 ,"RNLD" : {  
  "tomo" : "1" 
  ,"semestre" : 1 
  ,"anio" : 1992 
  ,"pagina" : 206 
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  ,"vistos" : "     Visto: el decreto 891/988 de 28 de diciembre de 1988 que establece la\r\nestructura orgánica de la Dirección General Impositiva.\r\n\r\n   Resultando: I) Que la función que desarrollaba el Sector Recaudación\r\nde Valores de la Unidad Tesorería de la Dirección de Administración,\r\nconsistente en la preparación de los valores de la recaudación de la\r\nDirección General Impositiva para su depósito en el Banco de la República\r\nOriental del Uruguay, la viene ejerciendo la Unidad Ingresos Tributarios\r\nde la Dirección de Recaudación, en consonancia con los cometidos asignados\r\na dicha Dirección por el literal A) del artículo 4º de dicho decreto;\r\n\r\n   II) Que la naturaleza de la información que se procesa en la Unidad\r\nEstadística de la Dirección de Sistemas de Apoyo da mérito para que esta\r\nUnidad sea incluida en el artículo 11 del referido decreto.\r\n\r\n   Considerando: conveniente adecuar la organización funcional de la\r\nDirección General Impositiva acorde a dichas situaciones.\r\n\r\n   Atento: a lo dispuesto por el ordinal 4º del artículo 168 de la\r\nConstitución de la República y artículo 1º del Título 1 del Texto Ordenado\r\n1991,\r\n\r\n                       El Presidente de la República\r\n\r\n                                   DECRETA:\r\n " 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/106-1992/1" 
 ,"textoArticulo" : "  Transfiérese el Sector Recaudación de Valores de la Unidad Tesorería de\r\nla Dirección de Administración de la Dirección General Impositiva, a la\r\nDirección de Recaudación en la que funcionará con la denominación\r\n\"Clasificación y Depósito de Valores de Recaudación\" bajo la dependencia\r\nde la Unidad Ingresos Tributarios.\r\n " 
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 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/106-1992/2" 
 ,"textoArticulo" : "  Inclúyese la Unidad Estadística de la Dirección de Sistema de Apoyo en la\r\nnómina establecida en el artículo 11 del decreto 891/988 de 28 de\r\ndiciembre de 1988.\r\n " 
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 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
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  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/106-1992/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Comuníquese, etc.\r\n " 
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  ,"firmantes" : " LACALLE HERRERA - IGNACIO DE POSADAS MONTERO\r\n " 
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