{  "tipoNorma" : "Decreto" 
  ,"nroNorma" : "106" 
  ,"anioNorma" : 1982 
  ,"nombreNorma" : "APROBACION DE TARIFAS DE UTE. FEBRERO 1982" 
  ,"leyenda" : " Documento Actualizado " 
    ,"urlVerImagen" : "/diariooficial/1982/03/26/2" 
    ,"fechaPromulgacion" : "18/03/1982" 
  ,"fechaPublicacion" : "26/03/1982" 
  ,"urlReferenciasTodaLaNorma" : "/bases/decretos/106-1982?verreferencias=norma" 
  ,"vistos" : "    Visto: el proyecto de tarifas de la Administración Nacional de Usinas \r\ny Trasmisiones Eléctricas, a regir a partir del 1º de febrero de 1982 y \r\nel proyecto de tasas denominadas \"B\" y \"C\" aplicadas por la citada Administración por concepto de gestiones diversas de trámite de servicios eléctricos y servicios varios de carácter permanente prestados al suscritor, respectivamente.\r\n\r\n   Considerando: que de los asesoramientos recabados surge que procede aprobar dichos cuadros de tarifas y tasas.\r\n\r\n   Atento: a lo informado por la Secretaría de Planeamiento Coordinación \r\ny Difusión,\r\n\r\n   El Presidente de la República\r\n\r\n                                 DECRETA: " 
  ,"articulos" : [  
  { "nroArticulo" : "1" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 1" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/106-1982/1" 
 ,"textoArticulo" : "    Apruébanse las tarifas de energía eléctrica para los servicios a cargo de la Administración Nacional de Usinas y Trasmisiones Eléctricas que regirán a partir del 1º de febrero de 1982, y que se detallan: (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/106-1982/1\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "2" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 2" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/106-1982/2" 
 ,"textoArticulo" : "   Apruébanse las tasas denominadas \"B\" por concepto de gestiones diversas de trámite de servicios eléctricos, las que tendrán vigencia a partir del día posterior de la fecha de aprobación del presente decreto: (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/106-1982/2\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "3" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 3" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/106-1982/3" 
 ,"textoArticulo" : "   Apruébanse las tasas mensuales denominadas \"C\" por concepto de \r\nservicios varios de carácter permanente brindados al suscritor, las que regirán a partir del día 1º de febrero de 1982, que se detallan: (*)\r\n " 
  ,"notasArticulo" : "<b>Ver:</b> <a class=\"linkFicha\" href=\"/bases/decretos-originales/106-1982/3\" >Texto/imagen</a>.\r\n" 
 } 
  
 , { "nroArticulo" : "4" 
   ,"secArticulo" : "" 
  ,"tituloArticulo" : "Artículo 4" 
  ,"urlArticulo" : "/bases/decretos/106-1982/4" 
 ,"textoArticulo" : "    Comuníquese, publíquese, etc. - " 
  } 
  ] 
  ,"firmantes" : " ALVAREZ - FRANCISCO D TOURREILLES - VALENTIN ARISMENDI " 
 }